Economía
Avisan a trabajadores con más de 15 años cotizados para pensión: situación no les serviría
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La Corte Constitucional emitió una sentencia con la que les prohibe a los empleadores solicitarle exámenes médicos de todo tipo a un nuevo trabajador.
La sentencia del ente judidial se emitió luego de que la señora Michel Carolina Aristizábal entablara una acción de tutela en contra de sus exempleadores, pues la quisieron contratar de forma directa con la empresa y, luego de solicitarle los exámenes médicos, la despidieron.
Las acciones que tomó la compañía ocurrieron porque con los resultados de los test se dieron cuenta de que ella estaba embarazada; la mujer se enteró tiempo después e inició el proceso legal.
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De acuerdo con el Ministerio del Trabajo, el empleador solo puede solicitar a un trabajador exámenes médicos y psicológicos que estén relacionados con las funciones del cargo; además, deberá correr con los gastos de estos.
“No puede considerarse una prueba o examen médico un requisito para contratar o mantener un empleo”, dijo el ministro del Trabajo Custodio Cabrera, en marzo de 2021.
Para darle ingreso a un trabajador, la compañía no debería solicitar pruebas de embarazo, a menos de que el cargo pueda afectar a la madre o al bebé; tampoco tiene por qué pedir exámenes de serología.
Según la OMS, estos test ayudan a estudiar anticuerpos que se alojen en el torrente sanguíneo; sirve para detectar virus que van desde la COVID-19 hasta el VIH.
Aunque el empleador no debería solicitar este examen, hay excepciones que caben dentro de esta solicitud, la principal es que el nuevo empleado pueda contagiar a los demás colaboradores, como ocurre con el SARS-CoV-2.
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Antes de pedir al nuevo empleado una prueba de serología, la compañía deberá exponer la naturaleza de la solicitud y garantizar la confidencialidad de los resultados; el mismo cuidado se debe tener con toda la información emitida por el profesional de la salud.
Si la información obtenida de los exámenes médicos se usa como causal de despido o se anula la solicitud de contrato, la persona podrá entablar una acción legal, pero tendrá que consultar al Ministerio del Trabajo para analizar la validez del caso.
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