Reguetonero Cosculluela es sentenciado a tres años en probatoria por violencia doméstica

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Escrito por:  Redacción Entretenimiento
Actualizado: 2023-05-19 14:16:33

El artista fue detenido en su momento por agredir a su exesposa, quien aseguró haber sido agredida en varias oportunidades durante su segundo embarazo.

El cantante puertorriqueño José Fernando Cosculluela fue sentenciado este viernes a tres años en probatoria por el caso de maltrato contra su exesposa, Jennifer Fungeniz.

(Vea también: Famoso cantante vallenato gastó más $ 2.000 millones en 30 videos y un lujoso bus)

La jueza Marieli Rosario Figueroa, del Tribunal de Humacao, tomó la decisión luego de escuchar los resultados de un informe previo a la sentencia entregado a la Junta de Libertad Bajo Palabra.

El reguetonero, conocido como ‘El Príncipe’, aceptó el pasado 21 de marzo su culpabilidad en 13 cargos por violación a la Ley 54 para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica, después de alcanzar un acuerdo con el ministerio público.

El artista se exponía a un máximo de tres años de cárcel por cada uno de los cargos. No obstante, el informe ante el juez sugirió una reclusión suspendida, más conocida como como probatoria, según El Nuevo Día.

Durante la vista preliminar del juicio, en diciembre pasado, la exesposa de Cosculluela afirmó que el cantante la agredió durante su segundo embarazo, le fue infiel y le quemaba la ropa.

Cosculluela fue arrestado el 14 de octubre de 2022, cuando Fungeniz denunció que fue sometida a un patrón de violencia doméstica por parte de su exmarido.

En esas fechas, se investigaba asimismo el incendio de un vehículo de Fungeniz en el exclusivo complejo Palmas del Mar, en Humacao, pero las autoridades no vincularon al artista finalmente con este caso.

Tras su detención, el juez Carlos Capó de Humacao encontró causa para arresto contra Cosculluela y le impuso una fianza de 240.000 dólares (unos 1.090 millones de pesos).

El juez detalló que se radicaron cinco cargos de maltrato (Art. 3.1), tres de maltrato agravado (Art. 3.2) y cinco por el delito de maltrato mediante amenaza (Art. 3.3) al amparo de la Ley 54, así como dos violaciones a los artículos 6.09 y 6.14 de la Ley de Armas.

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