Cambio usual que hacen en casas o apartamentos y que está prohibido: hay dura sanción

Economía
Tiempo de lectura: 3 min

Tú navegador no es compatible para reproducir este audio

por: 

Suministro de información económica, política, financiera y bursátil

Visitar sitio

La Ley destaca que estos cambios puntuales están prohibidos pese que usted sea dueño de una casa o apartamento.

Con la adquisición de una vivienda, ya sea casa o apartamento, es común que los propietarios consideren realizar remodelaciones con el fin de mejorar su apariencia y aumentar la comodidad.

Sin embargo, cuando el inmueble se encuentra dentro de un conjunto residencial o un edificio, es necesario tener en cuenta la normativa vigente, en particular la Ley 675 de 2001, que regula la propiedad horizontal en Colombia. Esta ley establece lineamientos sobre el uso de las zonas comunes, con el objetivo de preservar la armonía entre vecinos y garantizar la seguridad en estos espacios.

(Lea también: Alivio para quienes viven en conjuntos residenciales con mascotas: Corte frenó multas a propietarios)

La Ley 675 de 2001 determina que los propietarios tienen derecho exclusivo sobre sus bienes privados, pero también comparten derechos de copropiedad sobre los terrenos y demás áreas comunes. Este esquema busca asegurar una convivencia ordenada y el adecuado mantenimiento de las zonas compartidas. Dentro de estas disposiciones, se prohíbe la modificación de cualquier elemento que haga parte de los bienes comunes sin la autorización previa del consejo de administración o del órgano competente del conjunto.

Esto significa que, en caso de una remodelación, el propietario no podrá, por ejemplo, cambiar la puerta principal si esta forma parte del diseño uniforme del edificio o conjunto.

De acuerdo con la ley, se consideran bienes comunes aquellas partes del inmueble que “por su naturaleza o destinación permiten o facilitan la existencia, estabilidad, funcionamiento, conservación, seguridad, uso, goce o explotación de los bienes de dominio particular”. En este sentido, una puerta principal que esté integrada al diseño general de la edificación se clasifica como bien común.

Otras prohibiciones en zonas comunes

Además de la restricción sobre la modificación de elementos comunes, la ley también contempla otras limitaciones. Entre ellas, se prohíben alteraciones en fachadas, cambios en la pintura exterior, modificaciones en ventanas y cualquier intervención que afecte la estética general del conjunto. Para realizar este tipo de cambios, es indispensable obtener autorización de la asamblea de copropietarios o de la autoridad interna designada en el reglamento de propiedad horizontal.

(Recomendado: Conjuntos tendrán cambio drástico en servicios públicos)

Igualmente, se encuentra prohibido ejecutar obras que alteren la apariencia del conjunto, desarrollar actividades comerciales sin el respectivo permiso, generar ruidos excesivos o instalar avisos publicitarios que no estén contemplados en el reglamento interno. Estas acciones, si se realizan sin la debida aprobación, pueden dar lugar a sanciones económicas u otras medidas disciplinarias, según lo estipulado en las normas internas de la copropiedad.

Temas Relacionados:

Te puede interesar

Entretenimiento

Hallan cuerpo de exmánager de Diomedes Díaz en un cerro de Santa Marta; estaba entre rocas

Carros

Publican tarifas oficiales del Soat para 2026: esto pagarán carros, motos, camionetas y más

Economía

¿Aumento del mínimo del 23 % se caería? Gobierno cometió 3 errores que le demandarían decreto

Economía

"Vamos a empezar reducción de personal": primeras empresas anuncian despidos por aumento del salario mínimo

Nación

La mala noche que se vivió en El Rodadero (Santa Marta) en plena época de vacaciones

Bogotá

Pico y placa en Bogotá arrancará con cambio en 2026: Galán hizo el anuncio y conductores celebran

Economía

“Aprovechen”: mensaje de advertencia de Mario Hernández por incremento del salario mínimo

Bogotá

Tristes detalles de muerte de una mujer en centro comercial Santafé; se supo qué pasó realmente

Sigue leyendo