Trabajadores en Colombia podrían tener nuevo beneficio y dejó a muchos emocionados

Economía
Tiempo de lectura: 3 min

Tú navegador no es compatible para reproducir este audio

por: 

Suministro de información económica, política, financiera y bursátil

Visitar sitio

Pendiente del último debate, la reforma dice en qué casos no se puede ordenar despedidos en Colombia sin justa causa.

Los detalles de la reforma laboral avalada por el Senado de la República en su tercer debate llevan a que algunos trabajadores no podrían ser despedidos en Colombia sin justa causa, lo anterior sobre la base de que la iniciativa también aboga por la estabilidad reforzada.

(Lea también: Sena advirtió problema que puede aparecer por reforma laboral aprobada en el Congreso)

Según el documento, hay una población del mercado laboral que debe contar con garantías de estabilidad económica y protección de derechos laborales.

Hay quse recordar que los trabajadores no podrían ser despedidos en Colombia sin justa causa, en estos casos, siempre y cuando sea aprobada la iniciativa a manos de la plenaria del Senado en su cuarto y último debate.

Con esto, una de las primeras disposiciones sobre quiénes no pueden ser despedidos, las mujeres en estado de embarazo están entre las más beneficiadas por cuenta de los mecanismos de estabilidad reforzada y riesgo de no poder acomodarse en el mercado laboral.

¿Quiénes no podrían ser despedidos en Colombia sin justa causa?

No podrá despedirse sin justa causa a las mujeres en estado de embarazo y hasta los seis meses después del parto y esta disposición será extensiva en los mismos términos a uno de los adoptantes desde la fecha del parto a la de la entrega oficial del menor que se ha adoptado, o del que adquiere custodia.

“En caso del fallecimiento o enfermedad del adoptante al que se le concedió esta licencia, se le concederá al otro en una de duración equivalente al tiempo que falta para expirar el periodo de la licencia”, dice la iniciativa.

Tampoco podrán ser despedidos en Colombia sin justa causa los trabajadores prepensionados, es decir, a quienes les falten tres años o menos en el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez o el que haga sus veces, para cumplir el mínimo de semanas de cotización y la edad mínima exigida para acceder a la pensión de vejez.

(Recomendado: Buscan aprobar prima adicional para trabajadores en Colombia: Sería para todos y con estas condiciones)

Finalmente, este beneficio aplica para la “persona que de forma sobreviniente al contrato de trabajo presenta una discapacidad de mediano o largo plazo de carácter física, mental, intelectual, sensorial, o múltiple, que le impida o dificulte significativamente el desempeño de sus funciones o actividades laborales, siempre y cuando el empleador tenga conocimiento de dicho estado, o que sea notorio”.

Temas Relacionados:

Te puede interesar

Finanzas Personales

Si no paga estas deudas en tres años, es posible que ya no se las cobren; tome nota

Loterías

Dan el número de chance que llenó de plata a cuatro colombianos; el botín es jugoso

Bogotá

Parejas de gemelos fueron intercambiados al nacer en Bogotá y ahora los deben indemnizar

Vivienda

Tristeza para quienes viven en arriendo en Colombia: habrá cobro adicional (obligatorio)

Entretenimiento

Hallan sin vida a reconocido actor de televisión en su sofá; tenía sustancias en su cuerpo

Novelas y TV

‘Negra Candela’ destapa quién ganaría ‘La casa de los famosos’: hay acuerdos y amenazas

Virales

'Influencer' sufrió ataque de pánico viajando en parapente, se soltó del arnés y murió

Economía

"Insostenible": la nueva orden de Petro que pone en aprietos a varias empresas en Colombia

Sigue leyendo