Anuncio para mujeres que quieren pensionarse ya tendría fecha de entrada en vigencia

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La Corte Constitucional declaró como inconstitucional un apartado del artículo 9 de la Ley 797, en donde se reglamentan las condiciones para pensionarse.

Mediante fallo, analizó el requisito de cotizar 1.150 semanas para el reconocimiento a la garantía de alcanzar la pensión en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (fondos privados).

Esto ya estaba rigiendo en Colpensiones, el fondo público de pensiones en Colombia.

(Vea también: Dura advertencia de Petro para los que sueñan con pensión: “No tendrán” y explica por qué)

“Esta decisión se dio porque la Corte Constitucional en su función de garante estudió una demanda en la que se argumentaba que esta normativa afectaba los artículos 13 (igualdad), 43 (protección a la mujer y, en especial, a la cabeza de familia) y 48 (seguridad social) de la Constitución Política”. Paola Suarez, docente de Derecho Laboral en Unisalle.

Según la Corte, este fallo se da pensando en la desigualdad para las mujeres, la falta de oportunidades y responsabilidades en el hogar, que hacen que la población femenina del país cuente con brechas que no son reconocidas.

“Esta entidad le está diciendo al Congreso y al gobierno que hay que pensar en un sistema de seguridad social y un sistema pensional que tenga enfoque de género porque no se puede desconocer que para las mujeres en Colombia sigue siendo más difícil acceder a los escenarios laborales”. Paola Suarez, docente de Derecho Laboral en Unisalle.

Hay que resaltar que esto cuenta con salvedades. El Congreso de la Republica tendrá plazo hasta el 31 de diciembre de 2025 para reglamentar la reducción.

Si a la fecha no lo han realizado, tendrán que operar todo lo relacionado con la reducción de las 15 semanas cada año hasta llegar a 1.000 en 2035.

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