Pasaporte gratis en Colombia: confirman quiénes pueden tenerlo en 2026 y requisitos
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La Cancillería mantiene el beneficio para ciudadanos que cumplan requisitos como pertenecer a los niveles A, B o C del Sisbén y acreditar la documentación.
No todas las personas deben pagar por la expedición del pasaporte en Colombia. La Cancillería mantiene vigente un beneficio que permite acceder al documento sin costo a determinados grupos de ciudadanos, aunque el proceso no es automático y depende de la verificación de varios requisito.
Uno de los principales criterios para acceder a la exención es estar clasificado en los niveles A, B o C del Sisbén. Sin embargo, pertenecer a esos grupos no garantiza el beneficio por sí solo, ya que cada caso es revisado por funcionarios de la Cancillería, quienes verifican que la documentación esté completa y vigente antes de autorizar el trámite.
Quiénes pueden acceder al pasaporte gratis en Colombia
Además del certificado del Sisbén, los solicitantes deben presentar la cédula de ciudadanía y, cuando aplique, el certificado de discapacidad expedido por el Ministerio de Salud. En Bogotá, las personas interesadas pueden acercarse sin cita previa a las sedes Norte y Centro de la Cancillería, donde se revisan los documentos y se determina si cumplen las condiciones para obtener la exención.
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El beneficio puede extenderse a un acompañante cuando la persona requiera apoyo durante el trámite o el desplazamiento. Para ello, será necesario demostrar el parentesco en primer grado o una relación legalmente reconocida mediante documentos como el registro civil, el certificado de matrimonio o los soportes de una unión marital de hecho. Además, el acompañante debe ser mayor de edad.
La gratuidad del pasaporte también cobija a otros grupos específicos. Entre ellos figuran las personas que necesitan viajar al exterior para recibir tratamiento médico especializado, siempre que presenten una certificación vigente de su EPS. Asimismo, pueden acceder al beneficio los mayores de 62 años, jóvenes menores de 25 años admitidos para estudiar en otro país y quienes deban salir de Colombia tras firmar un contrato laboral en el extranjero.
El beneficio también incluye a niños en condición de adoptabilidad bajo protección del ICBF, delegaciones deportivas, culturales y científicas que representen al país, así como ciudadanos que necesiten viajar de manera urgente por la enfermedad grave de un familiar residente en el exterior. En todos los casos, la Cancillería exige los documentos que acrediten la situación y el cumplimiento de las condiciones previstas en la normativa.
Finalmente, estas exenciones están respaldadas por la Ley 1212 de 2008, el Decreto 3455 de 2008, la Ley 2136 de 2021 y la Resolución 6888 de 2021. La entidad reiteró que el objetivo es facilitar el acceso al pasaporte a poblaciones que requieren salir del país por razones de salud, educación, trabajo o reunificación familiar, siempre que superen la validación documental.
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