¿Cuándo pagan los intereses de las cesantías y cómo calcularlos? Le decimos cómo hacerlo

Economía
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Además de la prima, que ya debieron pagarle en su empresa, se viene una nueva recompensa para quienes tienen contrato laboral en Colombia.

Si ya recibió el pago de la prima de la empresa donde trabaja y ya se la gastó o le queda muy poco, aún queda el pago de los intereses de las cesantías que miles de empleados en Colombia recibirán muy pronto. Acá le explicamos cómo puede calcular este monto y cuándo lo recibirá.

(Lea también: Falabella explicó si se va de Colombia en 2024 y anunció cambios en tiendas)

Aunque dicho pago es mucho menor que el de la prima decembrina, sí es un gran alivio para poder pagar deudas, ahorrar o incluso hacer algún tipo de inversión.

¿Cómo calcular el pago de intereses de a las cesantías?

“El empleador cancelará al trabajador los intereses legales del 12% anual o proporcionales por fracción“, aparece consignado en el artículo 9 de la Ley 50 de 1990.

Tal como apunta la normativa, el monto que la empresa donde labora le debe consignar se calcula con la suma de todos los salarios que recibió durante el año inmediatamente anterior o desde que fue vinculado a la compañía.

Además, en caso de que el trabajador no alcance a completar un año en la empresa, esto no será impedimento para que no reciba el pago de los intereses de las cesantías, pero el valor que le deben consignar de estos sí cambia.

En ese caso, el empleado deberá multiplicar el total de las cesantías por el número de días trabajados y este a su vez por el 12%.

¿Cuándo pagan intereses de cesantías a empleados en Colombia?

Cada año los empleados con contrato laboral deben recibir los intereses de las cesantías antes del 31 de enero, lo que quiere decir que miles de ellos recibirán ese pago muy pronto, al faltar pocos días para iniciar un nuevo año.

(Vea también: Tres consejos para que la prima de fin de año le dure un buen rato: hay que ser precavido)

Por otro lado, las empresas deben pagar las cesantías de cada empleado a Colpensiones o el fondo privado al que esté afiliado y lo pueden hacer desde el primero de enero hasta el 14 de febrero.

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