Personas que viven en apartamentos en Colombia tendrán subida en pago que hacen mensual

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A inicio de año, las cuotas de administración que deben pagarse en propiedades horizontales, como los conjuntos residenciales, deben subir de precio.

Si bien la normativa colombiana no es concluyente en este tipo de ajustes de pagos, hay algunas recomendaciones que se pide tener en cuenta.

El incremento de las cuotas de administración en Colombia, en algunos casos, se hace con base en el incremento del salario mínimo.

(Vea también: Gobierno se anticipó a crucial dato que revelará el Dane y hay ilusión con cifra que dio)

Es decir que, para el 2024, es posible que se ajuste se haga con base en el 12,07 % decretado por el gobierno del presidente Gustavo Petro.

Pero, como incluso lo recomendó el año pasado el gobierno del presidente Petro, esos incrementos podrían hacerse mejor con base en el dato de inflación del año anterior.

Esto último sobre la base de que entre menor sea el ajuste, menor va a ser la transmisión de la inflación y altos precios al bolsillo de los hogares colombianos.

¿Qué más debe tenerse en cuenta en el aumento de la cuota de administración en Colombia?

Para 2024, el pago de la cuota de administración de un conjunto residencial en Colombia también podría aumentar con base en lo que diga el Dane va a ser el dato de la inflación.

En caso de que las respectivas administraciones así lo vean, el aumento podría ser del 9,8 % para este 2024.

(Vea también: Golpe al bolsillo de quienes trabajan en Bogotá, pero viven en Mosquera, Funza y Faca)

Pero hay que tener en cuenta varios puntos clave al momento del incremento de la cuota de administración: debe aprobarse mediante asamblea.

La administración de una propiedad horizontal podría proponer el 12,07 % de ajuste en la cuota pero la asamblea podría no aceptarla.

Lo anterior con foco en el presupuesto de gastos y necesidades que tenga la propiedad para el año en curso.

En caso de que la asamblea apruebe ese ajuste en la cuota de administración en marzo es muy probable que los copropietarios deban asumir un pago en retroactivo por los meses en que el ajuste se dio previo a la asamblea.

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