Colombianos, a pagar los nuevos contadores de luz; ¿es obligación cambiarlos?

Economía
Tiempo de lectura: 4 min
Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2022-06-07 08:07:36

La Corte Constitucional señaló que las empresas no serán las encargadas de asumir este costo y serán los usuarios de servicios públicos quienes lo hagan.

Luego de una demanda de inconstitucionalidad presentada para contrarrestar el inciso segundo del artículo 56 de la Ley 2099 de 2021 en la cual se estableció que “las empresas prestadoras del servicio de energía deberán asumir los costos asociados a la adquisición, instalación, mantenimiento y reparación de los medidores inteligentes de los que trata la presente ley”, la Corte Constitucional señaló que serán los usuarios de servicios públicos quienes asuman este valor que todavía no se sabe de cuánto será.

Aunque en esa Ley explicaron que “de ninguna manera este costo podrá ser trasladado al usuario en la facturación o cualquier otro medio”, la Corte señaló inexequible la norma, argumentando que, aunque “tiene un fin constitucionalmente importante, que consiste en garantizar la prestación universal del servicio y prevenir que los usuarios de menores ingresos vean un aumento en su tarifa que les impida cubrir sus necesidades básicas”, las empresas no pueden asumir estos costos en su totalidad.

Así las cosas, serán los colombianos los que asuman el pago de la instalación del medidor inteligente que hagan con anterioridad las empresas prestadoras de servicios públicos. En los costos relacionados a los medidores inteligentes de energía se incluye la adquisición, instalación, mantenimiento y reparación de los mismos.

La decisión tomada por la Sala Plena le cedió la razón a la demanda de inconstitucionalidad presentada por la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos y Comunicaciones de Colombia (Andesco) que representa a las diferente entidades que hay en el país prestando este servicio.

(Vea también: ‘Don Jediondo’ se puso de chistoso con Gustavo Petro, que le recordó su empresa)

Según esta asociación la Ley 2099 “desconocía el criterio de recuperación de costos contenido en el artículo 367 superior, debido a que les impide a las empresas prestadoras del servicio recuperar las erogaciones asociadas a la renovación de los medidores inteligentes”.

¿Es obligación cambiar los contadores de luz por los medidores inteligentes?

Asuntos legales señaló que la Sala Plena dejó en claro que los usuarios tienen derecho a adquirir el medidor inteligente por su propia cuenta si así lo desean, e incluso pueden buscar un proveedor diferente a la empresa de energía.

De hecho, allí expresaron que no es obligación cambiar el medidor de energía por estos nuevos artefactos inteligentes, pero que si el usuario desea cambiarlo con la empresa que suministra energía, en la factura no se podrá aumentar el pago en una porción que les impida cumplir con sus responsabilidades, es decir, que el cobro no debe ser exageradamente alto.

“Asimismo, no está prohibido que las empresas de energía asuman voluntariamente los costos inherentes a los medidores y diseñen formas de negociación con sus usuarios, para financiar tales costos sin trasladárselos”, expresó la Corte.

Por ahora, el cobro sería para las personas de todos los estratos que asuman este cambio en el medidor de energía inteligente, incluidas las zonas en las que está subsidiado parte de este servicio público.

(Vea también: Los electrodomésticos que más luz gastan)

Para qué sirven los nuevos medidores de luz que reemplazarán los contadores

Esta decisión se está postergando desde el 2020 y el cambio se da porque los nuevos artefactos envía el consumo de energía directamente a la empresa prestadora del servicio, por lo que ya no habrá necesidad de que una persona revise el contador presencialmente.

De esta manera, los usuarios podrán estar al tanto de su consumo en tiempo real y ofrecen otras ventajas como:

  • Más información para los usuarios, que podrán gestionar su consumo de energía.
  • Reconexión del servicio sin costo y de manera remota.
  • Mejora la comunicación entre la empresa prestadora del servicio y el usuario.
  • Facilidad de leer los consumos por parte de la empresa de manera remota.
  • Reducen las pérdidas no técnicas por fraude y manipulación de contadores.
  • Facilita la implementación del servicio prepago.

Cuando inicio este proceso, señalaron que la meta es que para 2025 cerca de 11 millones de hogares colombianos deberían tener instalado este nuevo medidor de luz.

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