Alertan a conductores por accesorio que les puede causar costosa multa; muchos lo tienen

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2023-10-18 09:34:30

Se trata de las pantallas, las cuales son instaladas en la parte frontal del interior del carro. Lo que no saben muchos es que varias están prohibidas.

En los últimos años, debido a la masificación de las aplicaciones de transporte como Waze o Google Maps, miles de conductores han instalado pantallas en sus vehículos.

(Lea también: Mazda y Renault ‘pelean’ para tener el carro más vendido en Colombia; cuáles son y precio)

Hay para todos los presupuestos y en ciudades como Bogotá existen cientos de establecimientos dedicados a personalizar los carros para facilitar la instalación del dispositivo.

Lo que no muchos conductores saben es que no todas las pantallas son permitidas, ya que manejar mirando un objeto de estos puede distraerlos.

El Código Nacional de Tránsito prohíbe el uso de aquellas tecnologías que representen una amenaza de distracción, explicó El carro colombiano. Es decir, no están permitidas las utilizadas para ver televisión, series en Netflix o videos en YouTube, mientras el vehículo está en movimiento.

Meristation

Además, el uso de dichos dispositivos se considera uno de los factores principales de accidentes, según datos recopilados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).

Según el Código Nacional de Tránsito, un conductor puede ser sancionado con una multa C38 si utiliza “sistemas móviles de comunicación o teléfonos instalados en los vehículos al momento de conducir”.

Asimismo, la multa tipo B23 puede ser consecuencia de “utilizar pantallas, proyectores de imagen o similares en la parte delantera de los vehículos, mientras esté en movimiento”.

Cuánto vale la multa por usar pantalla en carro en Colombia

Las sanciones de categoría B conllevan multas equivalentes a 8 salarios mínimos legales diarios vigentes, que en el año 2023 ascienden a $ 309.333.

Mientras que las sanciones de categoría C se traducen en 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que representa $ 580.000 para el presente año.

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