¿Lo pueden multar por tener calcomanías en su moto? Esto dice la ley
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Visitar sitioEl concejal electo de Bogotá, Edinson Julián Forero, confirmó que el Ministerio de Transporte emitirá una circular para aclarar esta situación.
En los últimos días, se hizo viral el video de una patrullera que inmovilizó la moto de una persona porque tenía calcomanías y stickers pegados.
Esta acción ha generado muchas polémicas, ya que la patrullera, que se identificó como Jennifer Zulay Sánchez Caicedo, dijo que estas decoraciones cambiaban el color de la moto y que no estaba permitido en la ley.
(Vea también: Buscan ponerle freno al “negocio” de las fotomultas en Bogotá; conductores se ilusionan)
Debido a esta situación, el concejal electo de Bogotá, Edinson Julián Forero, confirmó que el Ministerio de Transporte emitirá una circular para aclarar esta situación.
‘Fuchi’ Forero, quien dirige el grupo de moteros ‘Street Brothers’ en la capital, se reunió con el viceministro de Transporte, Carlos Enríquez, y el director de Tránsito y Transporte, Luis Alejandro Zambrano, para hablar sobre esta situación que ha dejado preocupadas a muchas personas.
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“Vamos a expedir una nueva circular recordando el cumplimiento de la ley, porque nos parece fundamental que no amerite interpretaciones”.
Carlos Enríquez, viceministro de Transporte.
Esta circular será emitida en los próximos días para saber realmente qué está permitido y que no al momento de tener una moto.
Según el Código Nacional de Tránsito Terrestre, artículo 131 numeral B7:
“No informar a la autoridad de tránsito competente el cambio de motor o color de un vehículo. En ambos casos, el vehículo será inmovilizado”.
Si incumple con esta ley, el vehículo podría ser inmovilizado y sancionado con multa equivalente a 8 SMLDV, lo que en 2023 equivale a $ 309.336.
Sin embargo, la ley sigue siendo muy ambigua, ya que no habla específicamente de las calcomanías o ‘stickers’ que se ponen en las motos.
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