Si está corto de plata, le ofrecen facilidades para pagar impuestos vehicular y predial
Tú navegador no es compatible para reproducir este audio
La Alcaldía de Bogotá emitió el decreto 137 de 2020, en el que establece la implementación del pago por cuotas de estas obligaciones para los capitalinos.
En el caso del predial para usuarios residenciales, los ciudadanos podrán inscribirse en la página web de la Secretaría de Hacienda con una fecha límite del último día hábil de junio.
Los predios no residenciales tendrán plazo de inscripción hasta el 24 de julio, y las cuotas se diferirán en sumas iguales de la siguiente forma:
- Primera cuota: 28 de agosto
- Segunda cuota: 30 de octubre
- Tercera cuota: 18 de diciembre
- Cuarta cuota: 19 de febrero del 2021
Por otro lado, en el caso del impuesto a vehículos, los ciudadanos podrán presentar su declaración tributaria con fecha límite del 24 de julio y señalar que se acogen a la modalidad de pago por cuotas.
Así pues, las fechas serán las siguientes :
- Primera cuota: 28 de agosto
- Segunda cuota: 2 de octubre
- Tercera cuota: 6 de noviembre
- Cuarta cuota: 18 de diciembre
Eso sí, las personas que se acojan a este beneficio y no paguen 2 facturas seguidas deberán pagar el valor liquidado.
Las cuotas que se dejen de pagar causarán intereses de mora. Los cupones se podrán descargar desde la página web de la Secretaría de Hacienda, destacó Dinero.
Temas Relacionados:
Recomendados en Economía
Te puede interesar
Sigue leyendo