Conductores pueden recibir multa de más de $ 300.000 por usual acción

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2025-08-21 10:41:53

Una acción que acarrea una sanciones es lavar automóviles en vía pública, quebradas, canales o ríos.

En Colombia, los conductores se enfrentan diariamente a diferentes tipos de sanciones de tránsito por infracciones como exceso de velocidad, conducir en pico y placa, usar el celular al manejar, entre otras conductas que pueden terminar en multas económicas o incluso en la inmovilización del vehículo.

Sin embargo, una falta que suele pasar desapercibida y que también acarrea una sanción es lavar automóviles en vía pública, quebradas, canales o ríos.

(Lea también: Detalle en la silla de las motos (que pasa desapercibido) puede salirle caro: hay multa e inmovilización)

El valor de la multa en 2025

De acuerdo con la Secretaría de Movilidad de Bogotá, este tipo de infracción está catalogada en la categoría B del Código Nacional de Tránsito. Para 2025, la sanción económica establecida es de $ 321.839.

¿Qué significa que sea tipo B?

El artículo 131 del Código Nacional de Tránsito clasifica las sanciones en cinco grupos: A, B, C, D y E. Dentro de la categoría B se encuentran 23 conductas sancionables, entre ellas no portar la licencia de conducción, usar placas adulteradas, transportar alimentos en condiciones inadecuadas, llevar niños menores de 10 años en el asiento delantero y, en este caso, lavar vehículos en lugares prohibidos.

La norma busca proteger el espacio público, evitar la contaminación de fuentes hídricas y garantizar la movilidad en las vías.

(Vea también: Multa de $ 600.000 que muchos conductores recibirían en Colombia y no todos la tienen en cuenta)

Otras infracciones tipo B

Algunas de las conductas más comunes que generan comparendos en esta categoría son:

  • Conducir con licencia vencida.
  • Remolcar otro vehículo incumpliendo la normatividad.
  • Conducir con vidrios polarizados sin el respectivo permiso.
  • Abandonar un vehículo de servicio público con pasajeros.
  • Utilizar equipos de sonido a volúmenes que incomoden a los usuarios o superen los decibeles permitidos.

La Secretaría de Movilidad reiteró que estas sanciones están vigentes en todo el territorio nacional y que, además del pago de la multa, en algunos casos los vehículos pueden ser inmovilizados.

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