Aviso para quienes tienen empleadas domésticas en este país: cambia forma para contratar
Conozca en detalle cuánto debe pagar por hora o por mes según cada categoría y modalidad de contratación para evitar sanciones legales
El panorama laboral para el servicio doméstico en Argentina se reorganiza por completo a partir de este mes. La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares dio por terminado el esquema de aumentos escalonados que se venía aplicando de manera sucesiva. A través de la Resolución N° 4/2026, el organismo regulador fijó las nuevas pautas que los empleadores deben cumplir de forma obligatoria durante julio de 2026 para el pago de salarios.
La nueva normativa estableció una serie de ajustes calculados de manera fija sobre la base de los sueldos de marzo. De este modo, tras aplicarse un incremento del 1,8% en abril, un 1,6% en mayo y un 1,5% en junio, llega el último tramo correspondiente al 1,4% establecido para julio. Además, a partir de este mes se concreta un cambio contable fundamental: finaliza el proceso de integración del 50% restante de la suma no remunerativa que se había acordado en marzo, quedando la totalidad de ese concepto incorporada definitivamente dentro del salario básico de los trabajadores.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) fue la encargada de oficializar la tabla de haberes mínimos obligatorios. Para el personal destinado a tareas generales —que abarca las labores habituales de limpieza y mantenimiento del hogar— los valores mínimos quedaron de la siguiente manera:
- Valor por hora con retiro: $3.733,72
- Valor por hora sin retiro: $3.996,45
- Sueldo mensual con retiro: $458.053,22
- Sueldo mensual sin retiro: $505.302,76
Es importante que los empleadores recuerden que estos montos representan el piso legal establecido por el Gobierno, lo que significa que las partes pueden acordar libremente remuneraciones superiores, pero jamás inferiores.
Escala salarial para cuidado de personas, caseros y supervisoras
El nuevo esquema detallado por ARCA también fijó los montos para el resto de los escalafones de la actividad, dependiendo de la especialidad del trabajador:
- Cuidado de personas: Para quienes asisten y cuidan a miembros del hogar, la hora se fijó en $3.996,45 con retiro y $4.435,86 sin retiro. Por su parte, los sueldos mensuales mínimos se ubicaron en $505.302,76 (con retiro) y $558.972,92 (sin retiro).
- Caseros: Esta categoría, que se desempeña exclusivamente bajo la modalidad sin retiro, percibirá un valor mínimo por hora de $3.996,45 y una remuneración mensual fija de $505.302,76.
- Supervisoras: Al ser el escalafón con las tareas de mayor responsabilidad, registra los montos más elevados de la tabla. La hora con retiro quedó en $4.438,77 y sin retiro en $4.829,13. En la modalidad mensual, los mínimos se establecieron en $553.725,91 con retiro y $612.673,11 sin retiro.
Para aquellos empleados que realizan tareas específicas (funciones puntuales que requieren una idoneidad especial y que difieren de la limpieza común o el cuidado de personas), la hora se estableció en $4.223,25 con retiro y $4.597,18 sin retiro. Los salarios mensuales para este grupo quedaron en $517.006,43 y $571.426,17, según corresponda.
El marco regulatorio nacional aclara un punto clave sobre la categorización: si un empleado ejecuta tareas que corresponden a más de una categoría diferente, el empleador deberá encuadrarlo y pagarle según la función que realice con mayor habitualidad en su jornada, sin importar las labores adicionales u ocasionales que haga de forma secundaria.
La normativa mantiene bajo estricta vigencia el pago del beneficio por zona desfavorable, el cual equivale a un 31% extra calculado directamente sobre el salario mínimo de la categoría que corresponda. Este dinero adicional aplica únicamente para el personal que preste sus servicios en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, así como en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
A este beneficio regional se le debe sumar el pago obligatorio del adicional por antigüedad, que equivale al 1% anual por cada año de servicio activo en la relación laboral. Este porcentaje se calcula sobre el salario mensual y se viene liquidando desde septiembre de 2021, teniendo en cuenta que el cómputo del tiempo total de servicio comenzó a correr formalmente a partir del 1 de septiembre de 2020.
¿Cómo se debe liquidar el sueldo según las horas trabajadas?
La ley establece dos modalidades de liquidación muy claras que varían de acuerdo con la carga horaria semanal que el trabajador cumpla para un mismo empleador.
- Modalidad mensualizada: Aplica para todos los trabajadores que cumplan una jornada laboral de 24 horas semanales o más. En este caso, el pago se realiza bajo la modalidad de sueldo mensual, el cual debe ser proporcional a la cantidad exacta de horas trabajadas.
- Modalidad por hora: Aplica para quienes presten sus servicios durante menos de 24 horas a la semana. Este grupo de trabajadores deberá cobrar sus haberes multiplicando las horas efectivamente laboradas por el valor por hora estipulado para su categoría específica.
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