Aviso para todos los trabajadores que quieran cambiar de fondo de pensión en Colombia

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La reforma pensional aprobada por el Congreso de la República tiene disposiciones a la hora de cambiar de fondo de pensión en Colombia.

Desde el 1 de julio del año entrante empezarán a regir los cambios que fueron aprobados en la reforma pensional. Sin embargo, hay unas disposiciones y beneficios que se enmarcan en el plan tanto para antes como para después de su entrada en vigor, uno de estos tiene que ver con quiénes se podrán cambiar de fondo de pensión en Colombia.

Dice la reforma avalada por el Congreso que algunos cotizantes tendrán la opción de hacer el traslado incluso desde ya y hasta dos años después de haberse puesto en marcha la nueva ley.

(Vea también: “Egoísta social”: Petro (sin nombrarlo) se fue contra Iván Name y le restregó la pensional)

Lo primero que deja en claro el articulado es que las personas que se podrán cambiar de fondo de pensiones en Colombia serán aquellas que tengan 750 semanas cotizadas, para el caso de las mujeres, y 900 semanas cotizadas para el caso de los hombres.

Si se cumple ese primer gran requerimiento, los cotizantes se podrán trasladar de Colpensiones a un fondo privado, o viceversa.

Este proceso para cambiar de fondo de pensiones en Colombia también podrá hacerse siempre y cuando los cotizantes certifiquen que les falten menos de 10 años para tener la edad de pensión.

Aclara el documento que quienes decidan tomar la opción tendrán hasta dos años, a partir de la promulgación de la reforma pensional en Colombia, para moverse de régimen teniendo en cuenta los requerimientos de la normatividad anterior.

¿Qué deberá hacerse para cambiar de fondo de pensión en Colombia?

En el marco de todo lo que deberán presentar los aportantes será clave certificar la doble asesoría para poder completar el proceso de cambiar de fondo de pensión en Colombia.

Esa doble asesoría, vale recordar, no es otra cosa que acercarse a los dos regímenes para poder tener la información de cuál sistema de jubilación (ahorro individual o sistema solidario) que más le conviene al cotizante con base en sus salarios, monto ahorrado y tiempo de cotización restante.

Finalmente, aclara el proyecto, quienes completen el proceso de cambiar de fondo de pensión en Colombia tendrán la garantía de que los valores contenidos en las cuentas de ahorro individual se mantendrán sin alteraciones.

Al tiempo que “seguirán siendo administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones hasta el momento en que se consolide la pensión integral de vejez o la pensión de vejez del régimen anterior”.

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