¿Cómo pagar la EPS si no tiene trabajo? Ley colombiana aclara que antigüedad es salvavidas

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2024-09-05 11:50:24

Los ciudadanos que se han quedado sin empleo y tienen a sus familias afiliadas a una entidad pública para ser atendidos en centros médicos tienen gran ayuda.

El pago de aportes a salud por parte de los trabajadores en Colombia asegura que, en caso de que tengan una enfermedad o un accidente, reciban la atención requerida. Por eso se trata de un abono muy importante, incluso para los que son independientes.

Sin embargo, aquellos que por alguna razón se quedaron sin empleo y ya no cuentan con la entrada de dinero para cancelar esta obligación, pasan por momentos de incertidumbre en caso de que se presente algún suceso que requiera un servicio médico.

(Vea también: Requisitos y tiempos para poder cambiarse de EPS; es fácil y debería ser rápido)

Frente a esta situación, que es muy común, el Ministerio de Salud y Protección social advierte que si un empleado dependiente o independiente suspende el pago de la cotización en salud, tiene derecho –junto con su núcleo familiar- a ser atendido por su EPS hasta por 30 días más, siempre y cuando haya estado afiliado a la misma entidad como mínimo los 12 meses anteriores.

¿Cuánto tiempo máximo cubre la EPS si se queda sin trabajo?

Ahora bien, la cartera de salud también se refiere a los casos de los trabajadores que llevan afiliados a una EPS 5 años o más y que de un momento a otro se han quedado sin empleo.

Tiene derecho a ser atendido por 3 meses. Esto es lo que se conoce como periodo de protección laboral, durante el cual el afiliado y su familia tienen acceso a la prestación de los servicios de salud del plan de beneficios en salud”, se lee en la página del Ministerio de Salud.

¿Si se reciben ingresos adicionales como trabajador dependiente y/o independiente, se deben hacer aportes?

El pago a la seguridad social y pensión si se tienen dos o más trabajos, sin importar que sea trabajador dependiente o independiente, es una obligación. Este se hará a la EPS, a la cual se encuentre afiliado y en pensión al fondo al que pertenezca, sobre la totalidad de los ingresos recibidos.

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