Así debe hacerse el pago por incapacidad laboral a trabajadores independientes

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De acuerdo con la Corte Constitucional son cinco los requisitos para la incapacidad laboral de trabajadores independientes.

Todos los trabajadores en Colombia afiliados al Sistema General de Seguridad Social tienen el deber de hacer los pagos respectivos pero también tienen algunos derechos. A los trabajadores independientes, por ejemplo, se les debe pagar la incapacidad laboral.

Por cuenta de varias quejas y revisiones que llegaron a manos de la Corte Constitucional, se hicieron pronunciamientos para el caso de la incapacidad laboral a trabajadores independientes en Colombia.

(Vea también: Si muere un pensionado en Colpensiones y no tiene beneficiarios, ¿qué pasa con el ahorro?)

De acuerdo con la Corte Constitucional son cinco los requisitos para llevar a cabo una solicitud en ese sentido.

Requisitos para que un trabajador independiente en Colombia pida el pago por incapacidad laboral

  1. Cotizar al sistema de salud, de forma ininterrumpida y completa, por un periodo mínimo de cuatro semanas.
  2. Haber hecho el pago, de al menos, cuatro de los últimos seis meses anteriores a la fecha de causación del derecho. Aclara la normativa nacional que no se puede estar en mora en el pago de aportes durante el tiempo que esté disfrutando de la licencia.
  3. “No tener deudas pendientes con Entidades Promotoras de Salud o Instituciones Prestadores de Servicios de Salud por concepto de reembolsos que deba efectuar a dichas entidades”, dice la Corte Constitucional.
  4. El pago por incapacidad laboral también se da al haber depositado información veraz al momento de su afiliación.
  5. Cumplir con los requisitos mínimos “de movilidad en cuanto a la cotización a la seguridad social”.

Vale recordar que el trabajador independiente, desde el momento en el que se le entrega la incapacidad laboral, tiene un lapso de 15 días para radicarla ante la EPS.

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