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Las cesantías constituyen un ingreso adicional para los trabajadores del país. Sin embargo, el dinero va al fondo de la persona y no a su cuenta personal.
El próximo 14 de febrero se vence el plazo para el pago de las cesantías en Colombia. Este dinero hace parte de un ingreso extra para los trabajadores, pero el dinero no es depositado a cada uno sino que va al fondo de cesantías.
Más allá de que no es un desembolso directo para la persona, sí es una plata adicional que después puede ser retirada bajo 4 escenarios puntuales en los que está permitido sacar el dinero del fondo de cada uno.
(Vea también: Este sería el máximo de horas de la jornada laboral al día si aprueban plan del Gobierno).
De acuerdo con el Código de Trabajo, las personas pueden sacar sus cesantías en estos escenarios:
Aunque muchos ven ese dinero como un salvavidas, analistas detallan que puede ser motor de inversión para los colombianos y que su finalidad es variada en el mercado nacional.
“Las cesantías no son solo un recurso de emergencia; son una herramienta estratégica que, bien administrada, puede convertirse en un motor de desarrollo económico y social. Incentivar su uso responsable no solo beneficia a los trabajadores, sino que también fortalece la economía del país al promover la educación, la adquisición de vivienda y la capacidad de ahorro”, detalló Erwin Schaefer Navarro, vicepresidente de Planeación y Negocio de ACH Colombia.
En Colombia, las cesantías son una prestación social obligatoria diseñada para brindar apoyo económico a los trabajadores en caso de quedar desempleados. Este beneficio se consagra en el Código Sustantivo del Trabajo y tiene como propósito principal garantizar un respaldo financiero temporal que permita al trabajador cubrir sus necesidades básicas mientras encuentra un nuevo empleo.
Además, las cesantías pueden ser utilizadas para otros fines específicos como la compra de vivienda, la reparación o mejora de inmuebles, y el pago de estudios superiores para el trabajador o sus familiares.
El empleador está obligado a consignar anualmente, antes del 14 de febrero, el valor correspondiente a un mes de salario del trabajador en el fondo de cesantías que este haya elegido, como Colfondos, Porvenir, Protección u otros.
Este aporte se realiza con base en el salario mensual que el empleado devengue a 31 de diciembre del año anterior, incluyendo prestaciones como el auxilio de transporte. Una vez depositadas, las cesantías permanecen en la cuenta del trabajador, generando rendimientos anuales, los cuales deben ser pagados directamente al empleado.
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