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El Código Nacional de Tránsito es claro sobre el uso de lentes o gafas para quienes aparecen con la restricción registrada en la licencia de conducción.
Con el reciente aviso para conductores de Bogotá por multa de 604.000 pesos desde el 26 de mayo, la preocupación de propietarios de vehículos en Colombia crece en torno al cumplimento de las normas de tránsito.
(Vea también: Esta es la dolorosa multa de $ 1.207.672 por falla difícil de detectar por los conductores)
En este sentido, hay una norma que pasa desapercibida por la mayoría de los conductores y que tiene que ver con las condiciones de salud o restricciones que quedan registradas en la licencia de conducción.
Una de ellas es el uso de gafas o lentes, que en la mayoría de los casos causa confusión y algunos propietarios reciben multa al no portar ese elemento en los casos que aplica.
En este sentido, es importante recordar que al obtener el permiso para manejar un carro o moto en Colombia hay que tramitar unos exámenes médicos que permiten determinar que el solicitante cuenta con las condiciones físicas para manejar.
De esta manera, cuando un ciudadano usa gafas y, en el proceso citado anteriormente, le aparece que debe usarlas permanente, en el documento que expiden las autoridades de tránsito va a quedar impresa dicha restricción.
Así lo advierte el creador de contenido, conocido como ‘Señor Bíter’, quien indicó que no solo la sanción es válida cuando no se cumple con esa norma, sino que esta busca la protección de los diferentes actores viales.
En una grabación de tipo pedagógico, el experto dejó ver que, aún cuando el conductor tiene los lentes en el mismo carro y se los pone luego del requerimiento, se puede aplicar el comparendo.
Se trata de la infracción C13, que está contemplada en la ley 769 de 2002 denominada Código Nacional de Tránsito y que reglamenta un costo monetario por “conducir un vehículo automotor sin las adaptaciones pertinentes, cuando el conductor padece de limitación física”.
En este sentido, de acuerdo con información proporcionada por la Secretaría de Tránsito de Bogotá, el precio por no cumplir lo establecido es de 52,29 UVB (Unidad de Valor Básico) que para 2025 equivale a 604.100 pesos.
Otra de las dudas más frecuentes entre los conductores tiene que ver con el uso de gafas de sol al conducir y si esto puede implicar una infracción. De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, el uso de dichos elementos no está prohibido ni constituye una falta sancionable.
No obstante, las autoridades recomiendan evitar su uso en la noche, ya que pueden disminuir considerablemente la visibilidad, lo que incrementa el riesgo de accidentes.
Además del mal uso de gafas o la omisión de lentes correctivos, otras infracciones comunes incluyen el uso indebido de dispositivos móviles, no respetar los semáforos —como avanzar con la luz amarilla— o exceder los límites de velocidad. Estas acciones están tipificadas en el Código de Tránsito y conllevan sanciones económicas proporcionales a su gravedad.
Sin embargo, el sistema contempla beneficios para quienes aceptan su responsabilidad y actúan rápidamente. Si el infractor paga la multa dentro de los primeros cinco días hábiles y asiste a un curso pedagógico, puede acceder a un descuento del 50% sobre el valor total.
En el caso de las fotomultas, el beneficio puede ser del 25% si el pago se realiza dentro de los primeros 26 días hábiles posteriores a la notificación.
Siete tipos de sanciones aplicables por infringir normas de tránsito en Colombia:
Advertencia verbal o escrita al conductor como forma de amonestación.
Imposición de una multa económica correspondiente a la infracción cometida.
Suspensión temporal de la licencia de conducción, impidiendo manejar por un periodo determinado.
Suspensión o anulación del permiso o del registro de conducción, según la gravedad de la falta.
Inmovilización del vehículo, lo que implica que no puede circular hasta que se subsane la infracción.
Retención preventiva del vehículo mientras se determina la situación legal correspondiente.
Cancelación definitiva de la licencia de conducción, lo que implica la pérdida del derecho a conducir.
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