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Las autoridades tienen su atención en algunos comportamientos de personas a nivel nacional que llegan a poner en peligro a los actores viales.
Así como hay una mirada sobre las deudas que llevan tres años en Colombia, parece pertinente poner la lupa en algunos de los conductores con una práctica común en el aprendizaje.
Las sanciones por enseñar a conducir sin autorización, como algunos padres hacen con sus hijos de manera habitual, según la Ley 33 de 1986, que modificó el Código Nacional de Tránsito Terrestre, son las siguientes:
Para el año 2025, con un salario mínimo mensual de 1’423.500 pesos, el valor del SMDLV es de aproximadamente 47.450 pesos. Por lo tanto, las multas serían:
237.250 pesos por no portar la autorización siendo instructor.
Estas sanciones están contempladas en el artículo 177 del Decreto-ley 1344 de 1970, modificado por la Ley 33 de 1986.
Es fundamental que cualquier persona o institución que desee impartir clases de conducción en Colombia se asegure de contar con la debida autorización del Ministerio de Transporte y cumplir con las normativas establecidas para evitar sanciones y garantizar la seguridad vial.
En Colombia, la edad mínima para hacer el curso de conducción y obtener la licencia de conducción varía según el tipo de vehículo:
Es importante destacar que los menores de edad que obtienen la licencia para vehículos particulares deben contar con una autorización autenticada de sus padres o responsables legales, quienes se hacen cargo de la parte civil y penal del joven.
El costo de la expedición de la licencia de conducción para menores de edad es de 199.100 pesos colombianos. Este valor corresponde al trámite ante los organismos de tránsito y no incluye los valores del curso de conducción ni los exámenes médicos.
El valor del curso de conducción puede variar dependiendo del Centro de Enseñanza Automovilística (CEA) y la ciudad, pero generalmente oscila entre 680.000 y $1’090.000 pesos, dependiendo de si se incluye el examen médico.
En Colombia, los menores de edad pueden obtener una licencia de conducción para vehículos particulares a partir de los 16 años, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por el Ministerio de Transporte y el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
La licencia obtenida por un menor de edad es válida hasta que cumpla los 18 años. Al alcanzar la mayoría de edad, debe ejecutar el cambio de categoría de la licencia.
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