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Este artículo fue curado por Juan Orduz   Nov 17, 2023 - 11:02 am
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Cabe destacar que, la jornada denominada “Por La Movilidad Sostenible” prohíbe la circulación de vehículos automotores de servicio particular, motocicletas, vehículos de servicio oficial; camiones y tractocamiones de servicio particular; esto dentro del perímetro urbano de Cali.

Además, esta medida será de diez horas, es decir, se llevará a cabo desde las 7:00 a. m. hasta las 5:00 p. m., en la ciudad donde Nutresa y más empresas que abrieron buenas ofertas de empleo sin experiencia.

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¿Cuáles son las excepciones para el Día Sin Carro y Sin Moto?

Vehículos al servicio del estado

  • Vehículos adscritos al MinDefensa y a la Fuerza Pública. Vehículos operativos del Inpec, cuyos vehículos sean destinados al traslado de procesados.
  • Vehículos de propiedad de cuerpos de bomberos, Defensa Civil Colombiana y Cruz Roja, destinados únicamente a rescates y manejo de desastres; vehículos de Gestión del Riesgo y vehículos operativos del DAGMA.
  • Vehículos conducidos o utilizados por personas que acrediten ser protegidas por el Estado.
  • Vehículos y motocicletas de tipo operativo, destinados al mantenimiento de servicios públicos esenciales de energía, alumbrado público, telefonía fija, internet, acueducto, alcantarillado, aseo, recolección de basuras y gas.
  • Vehículos operativos de la Secretaría de Movilidad, del Centro de Diagnóstico Automotor del Valle, del Instituto Nacional de Vías, de Ia Secretaría de Seguridad y Justicia, del Icbf, Organizaciones No Gubernamentales (ONG), de la Secretaría de Infraestructura y de la Secretaría de Salud Pública.
  • Vehículo oficial utilizado por el Personero, el Procurador, el Contralor, el Registrador o registradores delegados a nivel distrital y departamental. El Defensor Regional del Pueblo Seccional Valle del Cauca, Concejales del Distrito de Santiago de Cali y Diputados del Departamento del Valle Cauca.
  • Vehículos operativos de la Fiscalía General de la Nación – Seccional Cali, los vehículos designados por la presidencia del Consejo seccional de la Judicatura de Santiago de Cali y por la Dirección Seccional de Administración Judicial – Seccional Cali; destinados al transporte de jueces y magistrados.
  • Vehículos operativos de propiedad de la Dian, destinados a la prevención del contrabando, la evasión fiscal y las infracciones cambiarias.

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Excepciones para vehículos que prestan servicio a la salud

  • Vehículos tipo ambulancia con identificación permanente no removible; habilitados por la Secretaría de Salud de Santiago de Cali, donde  y vehículos de atención médica personalizada con identificación permanente no removible.
  • Vehículos en los que se desplace personal médico, asistencial, farmacéutico, hospitalario y clínico, personal que deberá estar debidamente identificado.
  • Vehículos destinados al transporte de pacientes con enfermedades terminales y/o que requieran cuidados paliativos; que deban presentarse ante centros médicos a recibir tratamiento sobre su enfermedad.

Otros vehículos que entran en el listado:

  • Vehículos utilizados para la producción y transmisión de video y/o audio, de propiedad de medios de comunicación, con identificación permanente no removible.
  • Vehículos destinados al transporte y distribución de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Vehículos en los que se desplacen personas que realizan actividades necesarias para la operación aérea y aeroportuaria y personas que tengan viajes en transporte aéreo programados.
  • Vehículos del personal operativo esencial para el funcionamiento del sistema de transporte público debidamente identificados.
  • Vehículos y motocicletas en los que se movilice personal de vigilancia y seguridad privada destinado a la protección de personas, edificaciones, supervisión y monitoreo de alarmas; debidamente identificados.
  • Vehículos destinados al transporte de valores debidamente identificados y acondicionados.
  • Vehículos destinados y/o adecuados técnicamente para el traslado de féretros.
  • Vehículos y motocicletas que prestan el servicio a empresas de mensajería, o en que se realiza entrega de domicilios para establecimientos de comercio, en las cuales los vehículos y motocicletas se encuentren debidamente identificadas con logos y/o distintivos pintados o adheridos permanentemente al vehículo.
  • Vehículos y motocicletas en los que se realiza entrega de domicilios para establecimientos de comercio por medio de plataformas digitales, en las cuales los conductores se encuentren debidamente acreditados digitalmente.
  • Vehículos de propiedad de los establecimientos educativos que presten el servicio de transporte escolar.

Además, se encuentran estas otras excepciones para el día sin carro en Cali:

  • Vehículos y motocicletas propulsadas por motor híbrido y/o eléctrico según su licencia de tránsito.
  • Vehículos y motocicletas vinculados a escuelas de enseñanza automovilística que cumplan con las condiciones establecidas en la normatividad vigente.
  • Vehículos de carga con capacidad igual o mayor a 3.5 toneladas que, transporten materiales de construcción.
  • Vehículos que sean retirados de los patios oficiales del Distrito Especial de Santiago de Cali, los cuales tendrán un término improrrogable de dos (02) horas para disponer el vehículo a su lugar de destino.

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