Sin embargo, no se pide que se tumbe sino que se aclare el alcance del numeral 6 de ese artículo, según la demanda, citada por Caracol Radio:
“Que se declare condicionalmente exequible el apartado normativo ‘promover o facilitar el uso u ocupación del espacio público’ (…) en el sentido de que los verbos no hacen referencia a la compra de los proyectos ofertados por vendedores informales permanentes o semi-permanentes garantizando la confianza legítima en la administración. Sino en aquellos grupos que mediante acciones busquen ocupar los espacios públicos”.
El grupo de abogados que interpuso la demanda coinciden con la ministra de Justicia, Gloria María Borrero, en que se está malinterpretando la norma porque cuando se debatió este tema en el Congreso, se habló sobre las mafias que cobran por el uso del espacio público a los vendedores informales, que además son personas de especial protección debido a sus condiciones de vulnerabilidad social y económica.
“La (…) interpretación que hace la Policía al multar a los ciudadanos que compren productos a los vendedores informales es una clara violación a derechos fundamentales como el trabajo, la igualdad ante la ley, libertad y libre desarrollo de la personalidad”, se lee en otro fragmento de la demanda, citado por El Espectador.
La demanda fue presentada por Alejandro Badillo Rodríguez, Laura Lizeth Muñoz Gutiérrez, Joseph Salom Gómez y María Camila Muñiz Bustos, y buscan que la Corte fije condiciones claras sobre esta normatividad.
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