Se trata de un proyecto de ley que fue radicado en el Congreso y que busca modificar el porcentaje de cuota inicial que deben pagar los colombianos para poder adquirir vivienda mediante un crédito individual. Es decir, pasaría del 30 % al 10 %.

La iniciativa modificaría la Ley 546 de 1999, “como una medida que dentro del conjunto de políticas adoptadas por el Gobierno Nacional, sirva para lograr la meta de que cada colombiano tenga una vivienda propia”, aseguró el representante a la Cámara Efraín Torres, citado por Caracol Radio.

El proyecto se planteó teniendo en cuenta que hay un buen número de personas que no tiene capacidad para financiar el 100 % de una vivienda y la misma ley lo restringe. En contraste, sí se puede hacer un crédito por ese mismo porcentaje para la compra de un carro.

“Es inaudito que una persona no pueda financiar el 100% de una vivienda, porque la ley restringe a la entidad financiera para otorgar ese crédito, imponiéndole, en este caso, un límite a esa financiación del 70%. Pero si fuese para un vehículo o cualquier crédito de libre inversión, el banco si puede financiarlo en su totalidad”, explicó Torres a esa misma emisora.

Sumado a esto, la idea es que se beneficien aquellas personas que no tienen un ahorro suficiente para llegar al 20 o 30 % para pagar la cuota inicial y puedan optar por ese 10 % que sería más fácil de pagar.

A través de su página web, el representante Torres aclaró que el proyecto no busca que las instituciones tengan que otorgar créditos sobre el 90 % del precio del inmueble, ni mucho menos generar un desfalco económico.

“Se pretende eliminar la restricción que impide que esto se pueda realizar, manteniendo la estructura normativa de la Ley 546 para que cuando se solicite este tipo de crédito, se cuente con el flujo de recursos necesarios para otorgarlo”, explicó.

El proyecto también incluye ya adecuación y mejoras de vivienda.

“Si una familia considera modificar o ampliar su casa por distintas razones, podrá acudir a la entidad financiera para adquirir un crédito con todos los beneficios en tasas de interés y plazos, que sólo brindan los créditos de tipo”, agregó Torres.

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