Aclaran obligaciones de hijos adoptivos con padres biológicos, ¿pueden embargarles sueldo?

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Escrito por:  Fabián Ramírez
Actualizado: 2024-12-15 17:02:55

Un reciente caso que hubo en Colombia abrió el debate sobre la responsabilidad de los hijos con los papás que los abandonan y después les reclaman dinero.

El vínculo entre padres e hijos conlleva derechos y deberes legales, incluyendo la obligación de brindar asistencia económica en caso de necesidad. La ley en Colombia establece que la adopción crea una relación legal equivalente al de una relación biológica.

(Vea también: Gobierno prepara golpazo para el bolsillo de padres de familia: más plata en impuestos)

Esto significa que los padres adoptivos adquieren todos los derechos y responsabilidades, mientras que el vínculo legal con los padres biológicos se extingue. En este contexto, los hijos adoptivos no están obligados a proporcionar alimentos a sus padres biológicos, ya que la relación jurídica entre ellos desaparece tras la adopción.

Si bien, la normativa puede variar en otros países, el principio general es que el deber de pagar una cuota alimentaria corresponde exclusivamente a las relaciones familiares y parentescos reconocidos por la ley.

Por lo tanto, un hijo adoptado legalmente no puede ser embargado por una “obligación” alimentaria con sus padres biológicos, dado que este requisito no existe en términos legales. Sin embargo, un caso reciente en Colombia que conoció Pulzo evidenció cómo un fallo judicial puede desconocer los derechos de un hijo adoptivo, como es el caso de Lina Paola Vasquez Robledo, quien fue abandonada en todos los aspectos por su padre biológico desde la niñez; él nunca dio cuota alimentaria, ni apoyó a su hija en ninguna etapa de la vida.

Posteriormente, siendo mayor de edad, Vásquez fue adoptada legalmente por su padre de crianza, con lo que se extinguió por completo el vínculo con el padre biológico de acuerdo a la ley.

Cuando la mujer era una pequeña niña, su progenitora había interpuesto un proceso de suspensión de la patria potestad, el cual ganó porque se probó el desinterés e incumplimiento del padre, y además, se había iniciado un proceso ejecutivo de alimentos para cobrar las cuotas no pagadas por el señor; lamentablemente, el demandando se insolventó con el fin de no cumplir su obligación, y en ese momento no se pudo recuperar lo adeudado.

No obstante, con el pasar de los años y cuando el padre abandonador empezó a recibir pensión, el embargo del ejecutivo se hizo efectivo e iniciaron los descuentos de las cuotas adeudadas.

Pese a tener dos hijos varones, por quienes siempre respondió y ejerció su papel como padre, recordó a la hija que había abandonado y la demandó para pedir cuota alimentaria de adulto mayor, aunque el vínculo jurídico con él “padre” biológico se había extinguido por la adopción, la juez falló en contra de la hija, ordenando el pago de la cuota e incluso el embargo de su salario, pese a los antecedentes y además que legalmente no existe vínculo alguno entre ambos.

Este fallo resultó insólito, injusto, pues no hubo enfoque de género, e incluso podría decirse que es contrario al ordenamiento legal y refleja la importancia de una adecuada comprensión de los derechos de las personas adoptadas.

Proceso que a la fecha produce incertidumbres, pues es claro que, por ejemplo, la hija no puede pedir herencia del padre biológico, por no existir vínculo; sin embargo, si por solidaridad se impone una cuota, se está revictimizando a esta mujer, quien desde niña fue vulnerada por su padre, con quien ya no existe parentesco legal.

Qué dice la ley sobre la responsabilidad del hijo adoptivo con sus padres biológicos

Y la pregunta clave es:  ¿La hija debe responder por tres adultos mayores: su progenitora, su padre adoptivo y el hombre que la engendró, pero con quien no existe vínculo legal?

“La ley en Colombia es clara: la adopción extingue cualquier vínculo legal entre el hijo adoptivo y sus padres biológicos, incluyendo las obligaciones alimentarias. Es preocupante cuando fallos judiciales desconocen este principio, poniendo en riesgo derechos fundamentales. Casos como estos refuerzan la necesidad de una defensa adecuada y de jueces plenamente informados sobre la normativa vigente”, afirmó Jimmy Jiménez, abogado de familia del Bufete Integrity Legal.

 

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