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Se implementará durante 3 meses. No afectará a motos de escoltas, de empresas de seguridad privada, de empresas de televisión por suscripción y de servicios públicos. Tampoco aplicará para las motos que transporten personas en condición de discapacidad.
Así aparece en el borrador del decreto de la prohibición, publicado este jueves en la noche por la Secretaría de Seguridad de Bogotá. La idea, explica el Distrito, es que los ciudadanos envíen comentarios sobre la medida al siguiente correo: publicacionesley1437@scj.gov.co.
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El área donde se aplicará la medida, según el borrador, es entre la avenida Primero de Mayo y la calle 100, y entre la avenida carrera 68 y los cerros orientales.
Mejor dicho, si usted se mueve por la avenida Boyacá, la prohibición del parrillero hombre no lo afectará. Pero si usted se mueve por Chapinero, sí.
El siguiente mapa de la Secretaría de Seguridad lo ilustra mejor (en amarillo claro, la zona de la prohibición):
El Distrito explica que en el área donde se aplicará la medida ocurrieron más del 40 % de los delitos de alto impacto cometidos con motos durante 2017.
El borrador del derecto reitera un punto que ya se conocía de la medida: la prohibición será para motos iguales o mayores a 125 centímetros cúbicos y hombres mayores de 14 años.
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