Vacuna contra virus del papiloma humano no es obligatoria: Corte Constitucional

Nación
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El alto tribunal falló una tutela y en su sentencia argumenta que ningún Estado puede tomar decisiones sobre el cuerpo de sus ciudadanos.

La Corte dice que imponer este medicamento atenta contra la dignidad humana, pues como cualquier procedimiento médico debe ser facultad del paciente aceptarlo o rechazarlo, dice El Espectador citando el fallo.

Ese medio destaca que la decisión de la Corte contradice la Ley 1626 de 2013, con la cual se estructuró el plan de vacunación contra el virus del papiloma humano (VPH), gratuito y obligatorio. Originalmente se desarrolló con las niñas de entre cuarto de primaria y séptimo de secundaria. Luego, para quienes tuvieran entre 9 y 17 años, así no estuvieran estudiando.

La Corte respondió a la tutela interpuesta por una joven de 15 años que se aplicó la vacuna a través de una iniciativa de su colegio en Cali y un mes después de la tercera dosis se enfermó.

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“Le dolían las piernas y los brazos, especialmente en el costado derecho del cuerpo. El primer diagnóstico médico fue ‘artritis reactiva poliarticular’, una enfermedad que suele causar dolores en las articulaciones y ardor al orinar. Pero el tratamiento no funcionó. Tras nuevas pruebas y exámenes vino un nuevo diagnóstico: fibromialgia juvenil, la cual genera dolor generalizado, fatiga y alteraciones del sueño”, cuenta el diario.

En el análisis de la tutela, la Corte estudió los aspectos médicos y científicos de la vacuna, y comprobó que la mayoría de agencias médicas en el mundo la avalan. De hecho, la Organización Mundial de la Salud ha señalado que “la prevención del cáncer cervical se consigue mejor a través de la inmunización de las niñas antes de que inicien su vida sexual”, y la vacuna debe ser incluida en los programas nacionales de inmunización.

Después de los análisis, la Corte no encontró una relación directa entre la vacuna y los síntomas de la menor. Sin embargo, tampoco descartó que existiera una relación entre el medicamento y los padecimientos de la niña.

Con base en esos hallazgos profirió su sentencia sobre la que el Ministerio de Salud le dijo a ese diario que aún no han sido notificado. Esa cartera también aclaró que actualmente quienes no quieren recibir la vacuna pueden hacerlo, pero deben dejarlo por escrito.

No obstante, la Corte le ordenó al Ministerio elaborar un informe en el que se identifique a las personas que, tras haber recibido la vacuna en cuestión, requieran atención del sistema de seguridad social en salud. Además deberá impulsar campañas masivas de comunicación y educación pública sobre el tema.

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