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Es lo que se puede concluir de un fallo de la Corte Constitucional sobre el caso de un hombre que recibía constantes agresiones de vecinos.
“No resulta admisible para esta corporación que el [lenguaje] sea orientado de tal forma que se constituyan actos discriminatorios a través de expresiones verbales cuya motivación es la ofensa en razón de condiciones personalísimas, como lo es la orientación sexual diversa, que a su vez tienen una especial protección constitucional”, dice la sentencia del alto tribunal.
El caso al que se refiere la Corte Constitucional se remonta a 2015, cuando los vecinos de Héctor Alfonso Sánchez Escorcia, en un conjunto residencial, en Barranquilla, empezaron a tratarlo mal, ofender a su madre y pegarle a su padre. Los dos familiares de Sánchez Escorcia, en ese momento, tenían 74 y 80 años, respectivamente.
Por ejemplo, un día le gritaron a la anciana lo siguiente: “¡Vieja cachona, ya vienen con el hijo maricón a joder”. Además, cuando Sánchez Escorcia salía a defender a su padre de los golpes, las vecinas respondían: “¿Qué me vas a hacer, mariquita? ¡No me puedes hacer nada!”.
Así mismo, el 7 de mayo de 2015, un vecino amenazó al afectado: “Te metes conmigo y te mato; te voy a joder, maricón”.
Algo peor sucedió el 3 de septiembre de ese año. Sánchez Escorcia se disponía a entrar al conjunto residencial, pero un vecino lo empujó, le pegó en la espalda y le dijo: “Te voy a matar, marica hijueputa, como sigas jodiendo, vas a ver, te voy a joder, maricón”.
No contentos con eso, los vecinos interpusieron una querella contra él ante la Inspección Décima de Policía Urbana de Barranquilla.
La Policía, por su parte, le ordenó a Sánchez Escorcia quitar las matas que tenía en el parqueadero de su vivienda. Las plantas eran de la mamá del hombre, y ella no pudo defenderse.
Un juzgado de Barranquilla, en dos instancias, consideró que las autoridades no habían vulnerado los derechos de Sánchez Escorcia, por lo que la Corte Constitucional tuvo que intervenir.
Finalmente, el alto tribunal les ordenó a los vecinos “cesar de manera inmediata cualquier acto de discriminación” y “abstenerse de hacer alusión a la orientación sexual de cualquier residente con el propósito de ofender y/o agredir”.
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