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El Consejo de Estado tumbó la designación del congresista en la mesa directiva del Senado luego de resolver una demanda que también afecta a Jhon Jairo Roldán.
El Consejo de Estado anuló la elección de Jhon Jairo Roldán, del Partido Liberal, y de Alirio Barrera, del Centro Democrático, como primer y segundo vicepresidente del Senado de la República para el periodo legislativo 2024-2025.
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La decisión se originó a raíz de una demanda de nulidad electoral presentada tras la votación realizada el 20 de julio de 2024. El fallo, emitido por la Sección Quinta de la alta corte, afecta directamente la conformación de la mesa directiva del Senado para el actual periodo legislativo, según Informó W Radio.
En la sentencia, se declara nula el Acta número 1 de la sesión en la que fueron elegidos Roldán y Barrera para los cargos mencionados. Uno de los principales argumentos de los demandantes fue que el proceso vulneró el derecho a la participación de las minorías políticas y no cumplió con la alternancia de género exigida por la normatividad vigente en Colombia para cargos directivos del Congreso.
Cabe recordar que Barrera hace parte de la Comisión Séptima que promovió el archivo de la reforma laboral y protagonizó un enfrentamiento con el representante del Pacto Histórico, Alfredo Mondragón.
Barrera también es recordado por llevar un caballo al Capitolio Nacional en septiembre de 2022 y porque no tiene título universitario ni cartón de bachiller.
Durante las sesiones del primer semestre de 2025, Barrera intervino en múltiples ocasiones para cuestionar el impacto que, según él, tendría la reforma sobre las microempresas.
Según el pronunciamiento del Consejo de Estado, la falta de alternancia de género quedó evidenciada, ya que la segunda vicepresidencia ha sido ocupada de forma continua por hombres en las legislaturas recientes, como fue el caso de los senadores Honorio Enríquez Pinedo y Didier Lobo Chinchilla.
Aunque el senador Roldán argumentó que solo existían postulaciones del Partido Liberal, el fallo advierte que la corporación recibió comunicaciones formales de los partidos MIRA y ADA, en las que manifestaban su intención de participar y representar a las minorías en la mesa directiva del Senado.
No obstante, estos partidos fueron excluidos del proceso mediante acuerdos entre las bancadas mayoritarias, lo cual constituye una vulneración a los principios constitucionales.
La Sección Quinta aclaró que dichos acuerdos políticos no pueden prevalecer sobre lo dispuesto en el artículo 112 de la Constitución ni sobre el reglamento interno del Congreso, los cuales garantizan la participación efectiva de las minorías y la equidad de género en los órganos de dirección del Legislativo.
En cuanto a la alternancia de género, el Consejo de Estado recordó que la ley obliga a las organizaciones políticas a alternar la representación entre hombres y mujeres en periodos sucesivos, especialmente en cargos asignados a partidos de oposición, con el fin de promover la equidad.
Durante el análisis de los hechos, se citó la Gaceta del Congreso N.° 1643 del 3 de octubre de 2024, en la cual se confirmó que, para el cargo de segundo vicepresidente, solo fue postulado Josué Alirio Barrera Rodríguez, lo que evidenció el incumplimiento de los principios de paridad, al no haberse considerado una candidatura femenina, según recogió la emisora.
Como consecuencia de esta decisión judicial, el Senado deberá adelantar un nuevo proceso de elección que garantice la participación política pluralista y el cumplimiento efectivo de la equidad de género, tal como lo ordenan la Constitución y las leyes vigentes en Colombia.
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