Sonríe Petro: se libró (por fin) de proceso por haber bajado pasajes de Transmilenio

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Por:  Redacción Nación
Actualizado: 2022-05-25 12:47:18

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó dejar sin efecto las decisiones de la Contraloría Distrital contra el candidato del Pacto Histórico.

En plena recta final de las elecciones presidenciales, el Alto Tribunal le ordenó a la Contraloría Distrital dejar sin efecto la condena de responsabilidad fiscal impuesta a Gustavo Petro por haber bajado las tarifas de Transmilenio durante su alcaldía.

En su momento, el candidato presidencial fue sancionado por supuestamente generar un déficit presupuestal de Transmilenio al disminuir el precio de los tiquetes en las horas valle, quedando cada pasaje a 1.500 pesos en los periodos con baja afluencia de pasajeros en las mañanas y tardes.

Sin embargo, en el más reciente fallo del Tribunal, divulgado por el diario El Tiempo, se ordena la nulidad parcial de algunas de las decisiones que anteriormente había tomado la Contraloría en 2016 en contra del exalcalde de Bogotá.

Vea además: (Gustavo Petro: esposas que ha tenido, sus hijos, sus logros, el M-19 y sus polémicas)

Con esta nueva decisión, el alto tribunal le da la razón a Julio César Ortiz, exmagistrado y ahora defensa de Petro, que, a título de restablecimiento del derecho, pidió dejar sin efecto la condena impuesta a Petro que consiste en pagar la suma de $ 217.204.847.989, según dijo el rotativo.

Asimismo, el abogado de Petro había pedido dejar sin efecto la inclusión del candidato del Pacto Histórico en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República y en el registro de inhabilidades de la Procuraduría General de la Nación.

En el fallo del tribunal se lee que la decisión es “dejar sin efecto única y exclusivamente la condena de responsabilidad fiscal impuesta al señor Gustavo Francisco Petro Urrego, y dejar sin efectos su inclusión en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República y en el registro de inhabilidades de la Procuraduría General de la Nación o en su defecto cualquier registro donde aparezca el demandante Petro Urrego como responsable fiscal, únicamente en lo referente al proceso de responsabilidad fiscal número 170000-0002/12″.

Este es el fallo del Tribunal:

 

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