Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechaza recusación de la Andje en litigio sobre nuevo esquema de pasaportes en Colombia
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Visitar sitioLa sanción económica al director de la Andje suma presión institucional al polémico caso de los pasaportes.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca tomó una decisión relevante en el caso relacionado con el nuevo esquema de expedición de pasaportes en Colombia, negando la recusación presentada por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje) contra el magistrado encargado, Moisés Rodrigo Mazabel. Según lo informado en El Espectador, la recusación fue promovida el 28 de abril por Mariano Ezequiel Barros, director de la Andje, quien consideró que el magistrado no actuaba con la debida imparcialidad. Sin embargo, el Tribunal determinó que la solicitud carecía de pruebas objetivas que justificaran dudas sobre la neutralidad del togado. De acuerdo con la providencia, la Andje argumentó bases subjetivas y no un interés directo o indirecto del juez, como exige la normativa para aceptar una recusación.
El origen del caso es una acción popular que cuestiona el esquema implementado para la expedición de pasaportes, especialmente el Convenio Interadministrativo 001 de 2025, firmado con el apoyo de la Imprenta Nacional Casa da Moeda S.A. de Portugal. La demanda fue instaurada por Nicolás Dupont, director de la fundación Dilo Colombia, con el objetivo de proteger la moralidad administrativa y exigir un correcto manejo del patrimonio público, así como garantizar el acceso a servicios públicos esenciales como es la expedición de pasaportes. Dupont celebró el fallo, calificando la actuación de la Andje como un uso abusivo del derecho para eludir la responsabilidad en la gestión de un proceso sensible para la ciudadanía.
Durante el trámite, la Andje había manifestado inconformidad con varias decisiones del magistrado Mazabel, como la admisión y posterior reforma de la demanda, el enfoque en el requisito de procedibilidad, la evaluación de un posible perjuicio irremediable y la notificación a la empresa portuguesa asociada al convenio. El Tribunal enfatizó que esas discrepancias deben discutirse en las vías ordinarias del proceso judicial, sin recurrir a la figura de la recusación, pues no representan causales válidas para apartar a un juez del caso.
Adicionalmente, el Tribunal impuso a Mariano Ezequiel Barros una sanción económica equivalente a siete salarios mínimos mensuales legales vigentes y remitió el expediente a la Procuraduría General de la Nación y a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá para que evalúen su actuar. En su auto, los magistrados advirtieron que el uso repetido de recursos e incidentes ha entorpecido el avance del proceso hacia una decisión de fondo sobre el esquema de expedición de pasaportes, al haber ocasionado suspensiones reiteradas.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Por qué la recusación de la Andje contra el magistrado Moisés Rodrigo Mazabel fue rechazada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca?
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó la recusación presentada por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado debido a que no se aportaron pruebas objetivas que permitieran cuestionar la imparcialidad del magistrado Moisés Rodrigo Mazabel. De acuerdo con El Espectador, la solicitud solo se fundamentó en argumentos subjetivos, que expresaban inconformidad con sus decisiones en el proceso, en vez de demostrar un interés personal o directo del juez, requisito indispensable para que prospere una recusación en el ámbito judicial colombiano.
¿Qué consecuencias tuvo la actuación de Mariano Ezequiel Barros, director de la Andje, en el proceso sobre el esquema de expedición de pasaportes?
Como consecuencia de la recusación infundada y otros recursos que afectaron el avance del proceso, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca sancionó a Mariano Ezequiel Barros con una multa y ordenó remitir copias del expediente a la Procuraduría General de la Nación y a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá. Dichas instancias deberán evaluar la conducta del funcionario, en el contexto de las acciones tomadas durante el trámite del litigio sobre el nuevo modelo de expedición de pasaportes.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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