Juez ordena suspensión temporal de bombardeos en Guaviare ante posibles riesgos para menores reclutados por armados
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Visitar sitioEl despacho fijó un plazo de 48 horas para que las entidades detallaran sus protocolos de verificación.
Un juez del municipio de San José del Guaviare tomó una medida trascendental el 3 de septiembre de 2026, al ordenar la suspensión temporal de bombardeos militares en esa zona del país cuando exista información sobre la posible presencia de menores de edad. La decisión judicial se emitió a raíz de una acción de tutela interpuesta por Roxemhberg Rozo Sánchez, quien solicitó al Estado la protección de los derechos de niños y adolescentes, que podrían ser víctimas de reclutamiento ilegal por grupos armados en la región, de acuerdo con el fallo citado en el texto.
Jhoan Aguilera Martínez, juez tercero Penal del Circuito de San José del Guaviare, fue el responsable de esta orden, según se especifica en el reportaje. Aguilera Martínez instruyó al presidente Abelardo de la Espriella, al Ministerio de Defensa y a las autoridades militares para que se abstengan de ejecutar bombardeos cuando exista un riesgo razonable para la integridad de menores. La disposición enfatizó que la protección de niños y adolescentes debe prevalecer, pues constituye una obligación prioritaria establecida por la Constitución, como argumentó el juez en su fallo: “La medida resulta idónea para prevenir el riesgo hacia los menores reclutados por grupos al margen de la ley”.
En el contexto de la decisión, la tutela advertía que la realización de acciones militares en lugares donde podría haber niños reclutados, podría derivar en daños irreversibles. Por eso, el juzgado resaltó la necesidad de esclarecer si existen mecanismos suficientes para salvaguardar a los menores en tales circunstancias antes de desarrollar cualquier operación aérea.
El despacho, de acuerdo con el texto, otorgó un plazo de 48 horas al Ministerio de Defensa, al Ejército, la Fuerza Aérea y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para que informen cuáles son los protocolos aplicados para identificar la presencia de menores en las áreas objetivo, cómo verifican la información de inteligencia y qué criterios siguen para evaluar los riesgos para la población civil. Resulta relevante mencionar que esta es la segunda decisión en menos de una semana que impone limitaciones a bombardeos; la primera, adoptada en Bogotá, tuvo alcance nacional, mientras que la dictada en Guaviare se dirige exclusivamente a ese departamento. La suspensión permanecerá vigente mientras se resuelve la acción de tutela de fondo.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Por qué se suspendieron temporalmente los bombardeos en Guaviare según la tutela?
La suspensión temporal de los bombardeos en Guaviare se ordenó debido a una tutela que buscaba proteger a menores de edad posiblemente reclutados por grupos armados, considerando que las operaciones militares podían implicar consecuencias irreversibles para ellos. La decisión del juez prioriza la protección constitucional de niños y adolescentes mientras se evalúan los protocolos y riesgos.
¿Qué protocolos deben informar el Ministerio de Defensa y el ICBF después de la orden judicial?
Después de la orden judicial, el Ministerio de Defensa, el Ejército, la Fuerza Aérea y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) deben entregar información detallada sobre los protocolos que utilizan para detectar la posible presencia de menores durante sus operaciones, cómo verifican la información de inteligencia y cuáles son sus métodos para evaluar riesgos a la población civil antes de realizar ataques aéreos.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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