"No podrán utilizarlos": advertencia a la rama judicial sobre embargar recursos de salud
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Visitar sitioLa Superintendencia de Salud le dio un jalón de orejas a la jurisprudencia colombiana debido a los embargos desmedidos a recursos del sistema de salud.
La Superintendencia de Salud de Colombia hizo una llamada a la rama judicial del país ante el aumento de embargos de recursos indispensables para el sistema de salud.
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El organismo de control alertó ante las altas instancias de la rama judicial por el aumento de medidas cautelares a entidades del sector salud que implican el embargo de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
En una carta dirigida a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, el Superintendente puso de manifiesto las crecientes manifestaciones hechas por los sujetos vigilados que dan cuenta de la aplicación de medidas cautelares de embargo sobre los dineros del sector.
“Hemos solicitado a la rama judicial, si así lo estimase pertinente, realice una difusión de las normas y posiciones jurisprudenciales, con miras a minimizar los riesgos que suponen para el sistema de salud las órdenes de embargo dictadas sobre recursos inembargables”, señaló el Superintendente Nacional de Salud, Ulahí Beltrán.
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Igualmente, recordó que de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Constitución Nacional, se establece que “no se podrán destinar ni utilizar los recursos de las instituciones de la Seguridad Social para fines diferentes a ella, lo que implica que los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud tienen destinación específica y por tanto solo pueden emplearse para la prestación del servicio”.
La Supersalud insistió en que los recursos del sector, por su destinación social constitucional, no pueden ser sujetos de embargo, titularización u otra clase de disposición financiera.
Así mismo, el organismo de control señaló que debe tenerse presente que la Procuraduría General de la Nación impartió instrucciones sobre la inembargabilidad de los recursos destinados al Sistema General de Seguridad Social en Salud a los procuradores delegados para asuntos laborales, civiles y administrativos, judiciales, jueces y Superintendencia Financiera.
“Se hace necesario enfatizar la aplicación de la normatividad y jurisprudencia aquí mencionada para garantizar la prestación de los servicios de salud y la protección de los recursos que permiten el goce efectivo del derecho a la salud en Colombia”, concluyó el Superintendente de salud.
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