Condenan a exalcadesa de Armenia por corrupción; ya había pagado tres años de prisión

Nación
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La Procuraduría profirió pliego de cargos a la exmandataria Luz Valencia, señalada por extralimitación en el ejercicio de sus funciones en 2013.

La Procuraduría General de la Nación profirió pliego de cargos a la exalcaldesa de Armenia, Quindío, Luz Piedad Valencia Franco, por presuntamente reglamentar la tasa de aprovechamiento adicional por decreto, usurpando funciones del concejo municipal, de conformidad con lo señalado en el Plan de Ordenamiento Territorial, POT, sin que dicha competencia estuviera asignada a su despacho.

(Lea también: Planta para descontaminar río Bogotá podría terminar en detrimento patrimonial)

“La Procuraduría Delegada de Instrucción para la Economía y la Hacienda Pública formuló un cargo a la exmandataria por, al parecer, contravenir lo dispuesto en la Carta Política al extralimitarse en el ejercicio de sus funciones y establecer en el decreto 064 del 4 de junio de 2013, el sistema y método para liquidar la tasa de Aprovechamiento Urbanístico Adicional, responsabilidad que corresponde al cabildo municipal”.

En un segundo cargo, la entidad señaló que Valencia Franco, además, posiblemente excedió el plazo de 180 días, fijado en el Estatuto de Rentas del Municipio, por cuanto expidió la reglamentación fuera del término de las facultades otorgadas por la corporación edilicia, con lo que pudo contrariar la Constitución y el manual de funciones de su cargo.

La exalcaldesa del Armenia estuvo en la cárcel 3 años

Luz Piedad Valencia Franco, exalcaldesa de Armenia, salió de la cárcel Villa Cristina. Según Andrés Garzón, abogado de Valencia Franco, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Conocimiento de Armenia tomó la decisión de otorgarle la libertad condicional a su defendida. 

El profesional del derecho fue consultado sobre por qué esta judicatura no se había declarado impedida ya que fue la misma que condenó a Valencia Franco el 29 de agosto del 2019 a 6 años y 4 meses de prisión.

“La decisión de la libertad condicional no se dio por medio de una audiencia y las razones no las sé. El juez no se declaró impedido”, respondió Garzón.

Ahora, por los hechos, el ente de control calificó provisionalmente la aparente conducta de la disciplinable como “falta grave cometida a título de culpa gravísima”.

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