Corte Constitucional mantiene la prohibición gradual de las corridas de toros en Colombia tras ratificar la Ley 2385 de 2024
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Visitar sitioEl periodo de transición culmina el 22 de julio de 2027, según lo dispuesto por la última sentencia.
La Corte Constitucional resolvió recientes demandas que buscaban frenar o modificar la Ley 2385 de 2024, una norma que marca el fin paulatino de varias prácticas taurinas en Colombia. Con la Sentencia C-312 de 2026, el alto tribunal confirmó la validez de la legislación, por lo que el proceso para prohibir las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas y demás manifestaciones similares sigue su curso y mantiene la fecha prevista para su entrada en vigor.
De acuerdo con la información, la Sala Plena de la Corte revisó cinco puntos fundamentales: el trámite de la ley en el Congreso, el impacto fiscal que representa esta medida, el respeto a la diversidad cultural, las competencias de las distintas comisiones legislativas y los derechos ciudadanos relacionados con el trabajo y la posibilidad de escoger una profesión u oficio. Frente a todos estos cuestionamientos, la Corte determinó que la Ley 2385 de 2024 sí cumple con los requisitos legales y puede continuar rigiendo en el sistema jurídico colombiano. La ponencia que guió el debate fue elaborada por el magistrado Vladimir Fernández Andrade, quien incorporó argumentos que ya habían sido analizados en la Sentencia C-374 de 2025, pero también abordó aspectos nuevos.
Un aspecto clave de la norma es el periodo de transición de tres años, durante el cual las actividades taurinas podrán seguir realizándose bajo condiciones estrictas de bienestar y protección animal, según lo exige la ley. Según lo establecido, la fecha límite para la prohibición total es el 22 de julio de 2027, momento en el que desaparecen legalmente las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, las becerradas y las tientas en todo el país. Durante este periodo, además, las autoridades locales tienen prohibido emplear recursos públicos para construir, adecuar o financiar este tipo de eventos.
La ley no solo regula la eliminación de las prácticas taurinas, sino que también contempla acciones de reconversión económica y laboral para las personas que dependen directamente de esta actividad. Los espacios públicos que solían usarse para espectáculos taurinos serán destinados a funciones culturales, recreativas, deportivas o artísticas cuando la prohibición comience a aplicar. Otro punto relevante es que las corralejas, los toros coleados y las peleas de gallos no se ven afectados por esta decisión actual: las excepciones para esas actividades ya habían sido retiradas por la Corte en 2025, pero la medida de prohibición también tiene un periodo de transición de tres años.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Cuándo quedarán prohibidas las corridas de toros en Colombia según la Ley 2385 de 2024?
La Ley 2385 de 2024 establece que la prohibición total de corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas en Colombia comenzará a regir a partir del 22 de julio de 2027, luego de un periodo de transición de tres años definido para la adaptación y reconversión de quienes dependen de estas prácticas, como lo ratificó la Corte Constitucional en la Sentencia C-312 de 2026.
¿Qué sucede con las personas que trabajan en actividades taurinas según la Ley 2385 de 2024?
La legislación incluye medidas de reconversión económica y laboral para quienes dependen directamente de la actividad taurina. Esto significa que el Estado y las autoridades locales deberán facilitar la transición de los trabajadores afectados hacia otros sectores, y los escenarios destinados históricamente a estos eventos serán utilizados para actividades culturales, lúdicas, deportivas y artísticas tras la entrada en vigor de la prohibición.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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