Tribunal ordena la devolución inmediata de la EPS Coosalud y tumba intervención del gobierno Petro
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Una medida cautelar expedida en Bolívar frenó la actuación de la Supersalud tras comprobarse un evidente deterioro en la atención a usuarios.
Un duro revés institucional recibió el Estado en medio de la disputa desatada por el control de la EPS Coosalud. La Unidad Investigativa de EL TIEMPO reveló un fallo emitido por el magistrado Luis Miguel Villalobos, adscrito al Tribunal Administrativo de Bolívar, mediante el cual se ordena la suspensión provisional de las resoluciones de la Superintendencia Nacional de Salud y se dispone la devolución inmediata de la entidad administradora de salud a sus propietarios legítimos, Jaime González Montaño y Natalia Largo González.
La decisión judicial se originó a raíz de una solicitud formal interpuesta por la defensa de la Cooperativa Coosalud, encabezada por el abogado penalista Julián Quintana, quien argumentó la existencia de graves hechos sobrevinientes que demostraban el fracaso de la toma de posesión y la intervención forzosa, de acuerdo con el rotativo.
Para sustentar la petición, los demandantes se apoyaron en informes técnicos y de vigilancia emitidos por la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo, los cuales evidenciaban un persistente deterioro financiero, el aumento desmedido de peticiones, quejas, reclamos (PQR), tutelas y desacatos, además de una constante rotación de agentes interventores que paralizó la correcta gestión asistencial para los casi tres millones de afiliados con los que cuenta la EPS en su sede principal de Cartagena.
A pesar de la férrea oposición presentada por la Supersalud y por el agente interventor de turno —quienes se enfrentan en los estrados y medios de comunicación con los dueños por supuestos faltantes y polémicos gastos—, el alto tribunal determinó que la medida cautelar era procedente para salvaguardar la prestación del servicio. En los apartes del fallo en poder de este diario se destaca el reproche directo a la administración estatal:
“Evidencia el despacho que, si bien el propósito de la toma de posesión para administrar Coosalud estuvo orientado a corregir situaciones económicas y administrativas […] con el fin de situar a la intervenida en condiciones de desarrollar su objeto social, el plan de acción no ha mostrado resultados satisfactorios”, se lee en la providencia.
El magistrado enfatizó que los informes de los órganos de control no corresponden a apreciaciones especulativas, sino a realidades institucionales críticas. Por su parte, el Ministerio Público concluyó que la intervención no cumplió sus propósitos y advirtió la necesidad de evaluar responsabilidades administrativas, mientras que la Defensoría y la Contraloría corroboraron barreras de acceso a los servicios y el incumplimiento flagrante de metas asistenciales. Con esta determinación, el Tribunal ordenó restablecer el statu quo previo a los actos administrativos de la Supersalud, frenando las prórrogas gubernamentales y devolviendo la dirección corporativa a sus administradores tradicionales en tanto se profiere una sentencia de fondo dentro de la acción popular.
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