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Los pagos del predial, el impuesto vehicular y de industria y comercio (ICA) se hace durante el primer semestre de cada año, recordó la Secretaría de Hacienda.
Por eso, el Distrito establece unos plazos y descuentos para estimular a los contribuyentes a que cumplan oportunamente con sus obligaciones y se eviten futuras multas.
La Secretaría dio a conocer el calendario tributario para cada impuesto, en el que además se especifican las opciones de financiamiento (pago por cuotas) en el caso del predial.
Debe ser cancelado por los propietarios de bienes inmuebles, sin excepción.
Pago predial por cuotas: el trámite de declaración debe hacerse antes del 29 de marzo, en la página web de la entidad.
Nota: A quienes no hagan el pago de este tributo se les impondrá una multa de seis salarios mínimos para los estratos 1, 2, 3 y 4; y de ocho salarios mínimos para los estratos 5 y 6, aseguró RCN Radio.
Nota: Quienes no hagan el pago de este tributo se les impondrá una multa de ocho salarios mínimos.
Dependerá si el contribuyente hace parte del régimen común o simplificado, por eso hay fechas bimestrales y anuales, indicó El Espectador.
Régimen común con pago bimestral
Régimen común con pago anual
Para contribuyentes con declaraciones 2018 que no excedan los 391 UVT.
Régimen simplificado
La emisora recordó que el calendario no incluye todavía las fechas para el cobro de valorización, que aplicará en ciertas zonas de la capital y para predios de estratos 4, 5 y 6.
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