Pereira extiende emergencia para alimentar a detenidos: ¿qué hay detrás de la crisis en las cárceles locales?

Nación
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Alcaldía de Pereira extiende urgencia manifiesta: más de 250 personas en riesgo de quedarse sin alimentación.

El inicio del año 2026 en Pereira estuvo marcado por una nueva emergencia administrativa: la prórroga de la urgencia manifiesta decretada por la Alcaldía para garantizar la alimentación de las Personas Privadas de la Libertad (PPL) en los centros de detención transitoria. Esta decisión fue tomada luego de que la administración municipal identificara una inminente interrupción en el suministro de alimentos a más de 250 individuos en condición de sindicados y bajo custodia, quienes dependen exclusivamente de la provisión diaria de desayuno, almuerzo, cena y refrigerio, según información de El Diario.

La situación financiera y administrativa ya había venido aquejando a la Alcaldía de Pereira desde julio del año anterior, cuando asumió la responsabilidad del contrato de alimentación por un valor de $2.243 millones, mismo que finalizó a finales de diciembre de 2025. Al respecto, la Procuraduría General de la Nación emitió una alerta sobre la posible vulneración de derechos fundamentales de las PPL, advirtiendo que, a partir del 1 de enero de 2026, estas personas podrían quedar sin la atención alimentaria indispensable debido al vencimiento del convenio.

En respuesta a este riesgo, la administración optó por declarar la urgencia manifiesta, medida excepcional que permite una contratación directa y ágil de servicios mientras se desarrollan los procesos licitatorios convencionales. Esta medida, según explicó la Secretaría de Gobierno municipal, fue prorrogada mediante el decreto número 12 de 2026 por un lapso adicional de 15 días, extendiéndose la cobertura alimentaria hasta el 31 de enero de 2026. El Diario del Otún confirmó que este mecanismo especial puede prolongarse si persiste la imposibilidad material y jurídica de acudir a los procedimientos ordinarios para seleccionar un contratista.

No obstante, el escenario sigue siendo incierto en tanto la administración municipal aguarda dos decisiones cruciales: la culminación de la licitación para elegir un operador estable y el resultado de una acción de tutela que reclama que la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) reasuma la prestación de la alimentación. El secretario de Gobierno, Jorge Mario Trejos, señaló que la Uspec ha rechazado hasta ahora esta solicitud, manteniendo la carga sobre el gobierno local.

Según lo establece el decreto que prorrogó la urgencia manifiesta, la situación extraordinaria persiste, ya que “subsiste el riesgo cierto e inminente de interrupción de un servicio esencial ligado directamente a los derechos fundamentales a la vida, la dignidad humana y la alimentación adecuada”. La falta de claridad por parte del Gobierno nacional sobre el origen de los recursos económicos necesarios ha complicado aún más el panorama, limitando la capacidad financiera de las alcaldías para responder a esta obligación. Además de la Unidad Permanente de Protección a la Vida (UPPV), la mayoría de los PPL sindicados permanecen en estaciones de policía y otros centros de detención transitoria en la ciudad, a la espera de una solución definitiva para su alimentación.

Pese a los esfuerzos locales, la prórroga de la urgencia manifiesta solo representa una solución temporal ante una problemática estructural que demanda mayor coordinación entre los niveles nacional y territorial.

¿Qué significa “urgencia manifiesta” y por qué fue declarada en Pereira?

El concepto de “urgencia manifiesta” hace referencia a una herramienta legal a disposición de las administraciones públicas para responder rápidamente a situaciones que amenazan la prestación de servicios esenciales o derechos fundamentales, como en este caso, la alimentación de las personas privadas de la libertad. Según el decreto citado en El Diario, se proclamó esta condición porque persistía una imposibilidad material, jurídica y temporal de seguir el procedimiento ordinario para seleccionar contratistas, así como el riesgo de una interrupción en la prestación del servicio alimentario. Como resultado, la urgencia manifiesta permitió la contratación directa del suministro de alimentos mientras se concreta el proceso licitatorio o se toma una decisión de fondo sobre la acción de tutela.

Esta figura es relevante porque garantiza que, ante situaciones excepcionales y apremiantes, ningún derecho fundamental —ni la vida ni la dignidad ni la alimentación adecuada— quede sin protección mientras se resuelven los problemas administrativos y de competencias entre entidades como las alcaldías y la Uspec.

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* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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