Ministerio del Interior propone sistema para recopilar y centralizar información sobre Guardias Indígenas en Colombia
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Visitar sitioPresentado en junio de 2024, el proyecto estipula que el acceso y reporte quedarán en manos de autoridades legítimas.
El Ministerio del Interior, bajo la administración de Abelardo de la Espriella, ha presentado un proyecto de decreto que busca la creación de un nuevo sistema de información sobre Guardias Indígenas. Esta iniciativa, dada a conocer según información recogida por El Espectador, propone añadir un capítulo de catorce artículos al Decreto 1066 de 2015. El propósito principal de la propuesta es subsanar la falta de datos precisos sobre la cantidad, ubicación, autoridades y miembros de las guardias indígenas existentes en el país.
Actualmente, entidades estatales como la Unidad Nacional de Protección (UNP), la Unidad para las Víctimas y los programas de protección estipulados en el Decreto 660 de 2018, junto con las gobernaciones y alcaldías, disponen únicamente de información fragmentada sobre las guardias. Esta se recopila de manera puntual y caso por caso para atender solicitudes y situaciones específicas, lo que dificulta un abordaje integral y articulado de sus dinámicas y necesidades.
De acuerdo con el borrador del decreto, el sistema sería estrictamente informativo y estaría bajo la responsabilidad de la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías (DAIRM) del Ministerio del Interior. No se trataría de un registro constitutivo ni declarativo, lo que implica que el simple reporte en la base de datos no equivale a un proceso formal de reconocimiento, autorización o certificación de la guardia. Así, la función de este sistema será "exclusivamente informativa" y no modificará la jurisdicción especial indígena ni las competencias propias de sus autoridades, según se precisa en el documento citado por El Espectador.
Solamente la autoridad indígena correspondiente —cabildo, consejo indígena, autoridad tradicional u otra instancia de gobierno inscrita ante la DAIRM— podrá reportar la existencia de la guardia. El reporte debe contener información detallada como la manifestación de reconocimiento avalada por actas, el pueblo indígena al que pertenece, la comunidad donde actúa, la denominación propia, autoridad orientadora, ámbito territorial, número aproximado de integrantes, fecha de reconocimiento y datos de un enlace designado.
Una vez entregados estos datos, la DAIRM cuenta con quince días hábiles para su incorporación y expedición de una constancia sobre la información registrada. Sin embargo, ningún ente podrá exigir dicha constancia o el reporte al sistema como requisito para el reconocimiento, protección o fortalecimiento de una guardia indígena. Además, el sistema no almacenará listados nominales de sus integrantes, garantizando la privacidad de quienes hacen parte de estas instancias comunitarias.
¿Qué función cumplirá el sistema de información sobre Guardias Indígenas propuesto por el Ministerio del Interior?
El sistema propuesto tendrá un carácter exclusivamente informativo y no otorgará reconocimiento legal, facultades ni atribuciones a las guardias indígenas. Así lo establece el borrador, al precisar que su objetivo es centralizar y transparentar la información sobre estas instancias sin modificar la jurisdicción indígena ni interferir en la autonomía de sus autoridades.
¿Quiénes pueden reportar información al sistema de Guardias Indígenas según el nuevo proyecto?
Solamente las autoridades indígenas propias —como cabildos, consejos indígenas, autoridades tradicionales o similares instancias de gobierno— que estén debidamente inscritas ante la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías (DAIRM) podrán hacer el reporte oficial al sistema, asegurando así que la información provenga de fuentes legítimas dentro de la estructura indígena.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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