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Se trata de una serie de exigencias de seguridad que ordena la Secretaría de Movilidad a los usuarios, y que están contempladas en las normas de tránsito.
Estas normas y restricciones son para todos los conductores de patinetas, con o sin motor, y están estipuladas en la circular 006 del 12 de diciembre del 2018 referente a la seguridad vial, estacionamientos y circulación de estos vehículos.
La Secretaría, en su calidad de autoridad de tránsito y transporte, expidió esa circular “ante el creciente número de ciudadanos utilizando patinetas” y de las empresas que alquilan estos vehículos. Además, con el fin de proteger a todos los actores viales estableció las siguientes recomendaciones:
Según el Código Nacional de Tránsito Terrestre un vehículo es “todo aparato montado sobre ruedas que permite el transporte de personas, animales o cosas de un punto a otro por vía terrestre pública o privada, abierta al público”, por eso las patinetas son vehículos y no pueden estacionarse:
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