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Ese testimonio quedó registrado en una grabación que empleará como prueba Jaime Granados, abogado de la familia, en la denuncia por homicidio doloso que interpondrá contra los tres jóvenes que acompañaban a la hija del general (r) Fabricio Cabrera.
Los señalados son Jaime Esparza, Luis Miguel Flórez y Mauricio Ladino, reveló este martes Caracol Radio, y afirmó que la denuncia la interpondrá Granados este miércoles a las 9:00 de la mañana.
De acuerdo con la emisora, la defensa de la familia aportará “muchas pruebas” que ratificarían que a María Andrea se le dio el éxtasis sin que ella supiera, y que hubo negligencia por parte de los jóvenes que la acompañaban, pues a pesar de verla enferma no la llevaron a una clínica con tiempo, ni dijeron que ella había consumido esa droga sintética.
La principal prueba que esgrimirá Granados es un audio que envió una de las amigas que estuvo con Andrea María la noche de su muerte, en el que queda claro que para todos ellos a la joven la mataron. Le envenenaron los tragos.
“Pues salieron a rumbear Lina, María Carolina y Andrea con Jaime Esparza, Luis Miguel Flórez y Ladino, y les dieron algo en el trago. Y María se sintió mal…”, comienza el audio de la amiga de María Andrea, difundido por la emisora.
Pero la parte más reveladora del documento es cuando la joven asegura que a María Andrea “la mataron… la mataron de… O sea, para qué se ponen a envenenar trago, marica. Eso no se hace”.
Blu Radio, por su parte, asegura que la Fiscalía tiene otros dos testimonios que ratifican la frase de la amiga de María Andrea: “Para qué se ponen a envenenar trago”. Esas dos personas, según esta frecuencia, pertenecen al entorno de los tres muchachos señalados y “darían cuenta de que en el pasado tenían la costumbre de envenenar los tragos a sus compañeras de rumba”.
Este es el audio difundido por Caracol Radio:
Hernando Herrera, jurista que hace parte de la mesa de trabajo de Caracol Radio, explicó que el homicidio doloso, por el que van a ser denunciados Esparza, Flórez y Ladino, tiene una pena de 8 a 25 años de cárcel, “y para ello se requiere que haya intención de matar o una negligencia a tal nivel, una imprudencia a tal nivel que genere exactamente el mismo efecto. Este delito, a diferencia del culposo (que se comete sin intención), no es excarcelable”.
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