Juez revoca decisión que anuló pruebas clave en investigación contra Lili Pink en Bogotá

Nación
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El fallo abre la puerta para que las pruebas recolectadas sean valoradas en el proceso penal vigente.

El Juzgado 26 Penal del Circuito de Bogotá tomó la decisión de revocar una medida previa que había declarado ilegales algunas pruebas recolectadas en el marco de la investigación contra personas vinculadas con la reconocida empresa de ropa interior Lili Pink. Esta nueva determinación se dio luego de una apelación que presentó la Fiscalía General de la Nación, entidad que lidera la investigación. La controversia jurídica inició el 11 de agosto, fecha en la que el Juzgado 67 Penal Municipal de Bogotá no avaló que funcionarios del Cuerpo Técnico de Investigación, conocido como CTI, efectuaran la extracción de información digital de dispositivos que habían sido incautados como parte de las diligencias contra la empresa.

Concretamente, el juzgado de primera instancia había considerado irregular la manera en la que se obtuvo información tecnológica de cinco evidencias recolectadas, generando incertidumbre sobre la validez de esa base probatoria. Sin embargo, el 15 de octubre, el juez Luis Alejandro Barreto Moreno determinó revocar esa decisión. Según el juez citado por El Espectador, las labores forenses realizadas entre julio y agosto de 2026 permitieron obtener “resultados completamente inéditos, que de ninguna manera habían sido previamente declarados ilegales”. De acuerdo con su valoración, no existe ninguna prueba de que hubiera contaminación de los datos ni se halló uso indebido de la información extraída, rechazando también los argumentos de la defensa sobre un supuesto tiempo excesivo en la retención de los equipos.

Este fallo se enmarca en una investigación de mayor alcance contra la estructura empresarial de Lili Pink. El 27 de abril, la Fiscalía realizó acciones de extinción de dominio en más de 400 tiendas de la marca, además de capturas de personas vinculadas. El propio organismo investigador señaló que se habría creado un entramado empresarial compuesto por importadoras, comercializadoras y sociedades ‘de papel’: compañías legales en apariencia que facilitarían operaciones ilegales.

Según la Fiscalía, por medio de esta red se habrían introducido mercancías como prendas de vestir, juguetes y productos cosméticos, que después circulaban en el mercado colombiano para otorgar aparente legalidad a actividades ilícitas. Las maniobras descritas incluían mecanismos para disimular controles aduaneros, fragmentar operaciones e impedir el rastreo del dinero, facilitando su incorporación al sistema formal. El organismo sostiene que esta presunta operación está relacionada con lavado de activos por más de 730 mil millones de pesos colombianos, enriquecimiento ilícito por más de 430 mil millones y contrabando con un monto superior a 75 mil millones.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

¿Por qué el juez declaró legal la extracción de información en el caso Lili Pink?

De acuerdo con lo que estableció el Juzgado 26 Penal del Circuito de Bogotá, la extracción de información en el caso Lili Pink fue declarada legal porque no existían pruebas o elementos que sugirieran una manipulación indebida o contaminación de los datos recolectados. Además, el juez consideró que los argumentos de la defensa sobre el tiempo de retención de los dispositivos carecían de fundamento.

¿Qué es una sociedad de papel y cómo estaría relacionada con el caso Lili Pink?

En este proceso, según lo señalado por la Fiscalía, una sociedad de papel se define como una empresa constituida legalmente, pero que no desarrolla actividades comerciales reales y solo existe para ocultar o facilitar operaciones ilícitas. Estas sociedades estarían vinculadas al entramado empresarial con el que se facilitó la presunta operación de lavado de activos y contrabando en la estructura de Lili Pink.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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