Proponen nueva ley para poner freno a tratamientos de cambio de género en menores: así funcionaría
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La iniciativa pretende sancionar a médicos y hospitales que apliquen bloqueadores, tratamientos hormonales o cirugías de afirmación de género a menores.
Un nuevo proyecto de ley llegó al Congreso con una propuesta sobre los tratamientos médicos relacionados con la identidad de género en menores de edad. La iniciativa fue radicada por el senador Andrés Forero, del Centro Democrático, y el representante Luis Miguel López, del Partido Conservador, junto con otros congresistas, entre ellos Carol Borda.
El proyecto, conocido como ley ‘Laura’, plantea prohibir en menores el uso de bloqueadores de la pubertad, tratamientos hormonales y procedimientos quirúrgicos de afirmación de género. La propuesta contempla además un régimen sancionatorio para médicos y hospitales que incumplan la eventual prohibición.
Forero señaló que la discusión busca centrarse en el ámbito de la salud y no en las posiciones políticas frente a la llamada “ideología de género”. El congresista también reconoció que existen lineamientos de la Corte Constitucional que deben ser tenidos en cuenta durante el trámite.
“Lo que estamos buscando es que prime un criterio de prudencia médica donde se reconozca que hay limitaciones de información científica de que hay efectos irreversibles en las personas que son sometidas a este tipo de tratamientos y que un niño debe tener una protección especial”, dijo Forero.
Hoy radicamos el proyecto de ley “Laura”, que busca prohibir las terapias de cambio de sexo en menores de edad.
Ante el riesgo de efectos irreversibles y la falta de evidencia debe aplicarse el principio de precaución y prudencia médica.
Lo que pasó con Laura no debe repetirse. pic.twitter.com/V4LXoUzfOW
— Andrés Forero CD (@AForeroM) August 26, 2026
La iniciativa toma como referencia el caso de Laura, una joven que a los 15 años recibió tratamiento hormonal en una clínica del Valle del Cauca y posteriormente cambió de opinión. Su familia presentó una demanda al considerar que pudo existir un error en el procedimiento y las recomendaciones médicas.
Finalmente, el proyecto propone considerar como falta grave contra la ética médica las conductas de quienes presten, ordenen, practiquen o ejecuten los procedimientos prohibidos. La sanción se tramitaría bajo la Ley 23 de 1981 y, en caso de reincidencia, podría contemplar la suspensión del ejercicio médico hasta por cinco años.
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