Ley 2618 establece el Programa de Alimentación Universitaria obligatorio en universidades públicas de Colombia

Nación
Tiempo de lectura: 4 min

Tú navegador no es compatible para reproducir este audio

por: 

El Nuevo Día es un medio de comunicación que informa de forma objetiva, veraz y oportuna, los sucesos de actualidad en Ibagué, el Tolima, Colombia y el Mundo.

Visitar sitio

La norma, sancionada a finales de 2023, contempla financiación estatal y vigilancia estudiantil activa.

En el cierre de su mandato, el presidente Gustavo Petro dejó una huella significativa en la política de bienestar estudiantil al sancionar la Ley 2618, que da respaldo legal obligatorio al Programa de Alimentación Universitaria (PAU) en Colombia. Esta nueva norma establece que todas las universidades públicas del país deberán ofrecer un mecanismo de alimentación básica para sus estudiantes de pregrado, una medida que apunta directamente a combatir la inseguridad alimentaria y disminuir los índices de deserción académica, problemática especialmente aguda en jóvenes de sectores vulnerables. Según el texto legal, la prioridad del programa serán los estudiantes en condición de vulnerabilidad, buscando que ningún estudiante quede excluido, sin importar la región donde curse sus estudios.

El diseño del PAU contempla diferentes modalidades de entrega, buscando adaptarse a las condiciones logísticas de las universidades en el país. De esta forma, aquellas instituciones con capacidad ofrecerán alimentos preparados en comedores institucionales. Por otro lado, en los casos donde no exista infraestructura de este tipo, la ley permite el uso de bonos o subsidios alimentarios, con el fin de asegurar el acceso al beneficio incluso en zonas apartadas o con limitaciones operativas. De acuerdo con la información, el marco legal garantiza flexibilidad para llegar a toda la población estudiantil beneficiaria, sin que la falta de instalaciones excluya a ningún joven.

En cuanto a la financiación y sostenibilidad del programa, la normativa establece que el PAU dependerá de los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación, lo que implica que su futuro estará condicionado por las decisiones de próximas administraciones. La supervisión de la ejecución recaerá en el Ministerio de Educación Nacional, encargado de verificar tanto el cumplimiento de las universidades como la correcta destinación de los recursos. Además, cualquier irregularidad detectada durante su implementación deberá ser comunicada a los organismos de control correspondientes, fomentando un esquema de vigilancia institucional permanente.

La ley también refuerza la transparencia y participación ciudadana con la creación de Comités de Veeduría Estudiantil, grupos integrados por alumnos elegidos democráticamente para hacer seguimiento a la gestión del programa. Para garantizar el control social, la información contractual relacionada con el PAU será de acceso público a través de la plataforma SECOP II, mientras las universidades están obligadas a entregar informes anuales detallando resultados e impactos alcanzados, como lo estipula la normativa sancionada.

¿En qué consiste el Programa de Alimentación Universitaria obligatorio en Colombia?

El Programa de Alimentación Universitaria, instaurado legalmente por la Ley 2618, exige que todas las universidades públicas del país garanticen el acceso a alimentación básica para estudiantes de pregrado. Su principal objetivo es contrarrestar la inseguridad alimentaria y reducir la deserción académica, priorizando a los jóvenes en situación de vulnerabilidad. El programa utiliza tanto comedores universitarios como bonos o subsidios para llegar a las distintas regiones.

¿Cómo se asegura la transparencia y el control del Programa de Alimentación Universitaria?

La implementación del programa contempla mecanismos específicos de vigilancia, como los Comités de Veeduría Estudiantil, donde los mismos estudiantes pueden supervisar el uso de los recursos. Adicionalmente, la información contractual se publica en SECOP II, plataforma del Estado que promueve el acceso público y la transparencia, y se requiere que las universidades presenten informes anuales sobre el desarrollo e impacto del programa.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

Temas Relacionados:

Te puede interesar

Sigue leyendo