Nuevo decreto en Colombia permite portar armas a quienes tengan permiso especial bajo requisitos vigentes
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Visitar sitioEl decreto 1368 reactiva desde 2024 la posibilidad de portar armas para quienes cumplen criterios vigentes.
El reciente decreto firmado por el gobierno de Abelardo de la Espriella ha causado un intenso debate público, al establecer el levantamiento de la suspensión general del porte de armas de fuego en Colombia, según reportó Noticias Caracol. Esta decisión no implica una flexibilización en las condiciones para obtener un permiso, sino que permite que quienes ya cuenten con dicho permiso puedan portar armas en espacios públicos. Como destacó Gabriel Cifuentes, analista político del mismo medio, el decreto 1368 no altera los requisitos formales establecidos por el decreto 3525 de 1993, tales como ser mayor de 25 años, demostrar la existencia de amenazas, carecer de antecedentes judiciales y aprobar pruebas de manejo y condiciones físicas y psicológicas. Lo novedoso es la reactivación del derecho a portar armas para quienes superen estos filtros, interrumpido desde 2015.
El Gobierno Nacional sustentó esta medida en cifras relevantes: de las 15.000 armas incautadas en los últimos años, más de 14.000 se vinculan a delitos. Durante su campaña, De la Espriella aseguró que defendería el derecho a la legítima defensa de los ciudadanos, promesa que, de acuerdo con Gabriel Cifuentes, hoy se concreta. Sin embargo, la evidencia acerca de la relación entre porte de armas y seguridad no es clara. Quienes apoyan la nueva disposición argumentan que puede disuadir el delito y salvaguardar ese derecho, pero tanto estudios del año 2000 como de 2022, citados por el analista, muestran una disminución proporcional de homicidios en ciudades donde se restringió el porte de armas, lo que indica que más armas en circulación no necesariamente conducen a mayor seguridad.
Cifuentes advirtió también que existen riesgos inherentes a la medida: disputas que terminen en tragedias, errores en momentos críticos, posibles aumentos de suicidios y la expansión del mercado ilegal amparado en permisos legales. Se descarta que la reforma permita a cualquier ciudadano portar armas, pues los requisitos permanecen sin cambios desde 1993; simplemente se levanta la restricción general a quienes cumplen los filtros mencionados.
Finalmente, aunque hay opiniones divididas respecto al impacto de la medida en los índices de violencia, la experiencia de ciudades como Bogotá —donde la tasa de homicidios disminuyó notablemente bajo restricciones severas— demuestra que limitar el porte de armas ha tenido efectos positivos. Así, la evidencia sugiere que la presencia de más armas en manos de civiles no garantiza ni más seguridad ni una reducción de homicidios en Colombia.
¿Quiénes pueden portar armas en Colombia con el nuevo decreto firmado por Abelardo de la Espriella?
Con el decreto 1368, solo las personas que ya habían obtenido un permiso especial bajo los criterios del decreto 3525 de 1993 pueden portar armas en espacios públicos. Estos requisitos incluyen ser mayor de 25 años, no tener antecedentes judiciales, demostrar amenazas concretas, y cumplir con evaluaciones físicas, psicológicas y de manejo de armas. No cualquier ciudadano puede adquirir armas; persiste el filtro estricto para la autorización.
¿El levantamiento al porte de armas en Colombia significa mayor seguridad para los ciudadanos?
La información presentada por Gabriel Cifuentes, basada en estudios citados por Noticias Caracol, indica que no existe una relación directa entre el aumento del porte de armas y una mayor seguridad. De hecho, en ciudades donde se impusieron restricciones al porte de armas, las tasas de homicidios disminuyeron significativamente, sugiriendo que más armas no necesariamente implican menos violencia ni más protección.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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