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La influenciadora había demandado al espacio de opinión del diario El Espectador por su video "Kika Nieto odia a gays y lesbianas, así diga lo contrario".
Nieto alegaba la vulneración de sus derechos al buen nombre, imagen y honra, después de que Mariángela Urbina criticara que hubiera dicho que “toleraba” a los homosexuales y que Dios los juzgará, informó El Espectador.
En ‘Las igualadas’ se criticó esa posición como “violenta”, y se formulaban varias reflexiones sobre la peligrosidad del discurso promovido por la influenciadora. Sin embargo, la Sala Plena del alto tribunal “concluyó que lo expresado en el video del espacio de opinión está dentro del ámbito de protección de la libertad de expresión, al ser una opinión crítica basada en hechos públicos no vulnera los derechos al buen nombre y a la honra de la youtuber”, añadió el diario.
De esta manera, la Corte apoyó la decisión que tomó en primera instancia un juzgado de Bogotá, considerando que lo que se manifestaba en ambos videos eran opiniones, y como tales estaban garantizadas por el Estado Social de Derecho. Así lo destaca un aparte de ese primer fallo, citado por La FM:
“Lo que hizo (Urbina) fue abordar el tema desde su óptica personal, con la única finalidad de promover la inclusión social de un sector social que está reivindicando sus derechos”
Esto último es justamente el quid del asunto, pues, como bien explica el concepto del exmagistrado Jaime Córdoba —tenido en cuenta por la Corte, y citado por El Espectador– “el contenido de la video columna de ‘Las igualadas’ no es, en estricto sentido, el resultado de una investigación sobre hechos, eventos o acontecimientos con el fin de ser informados”, sino que “se trata de la expresión de una crítica sobre una opinión publicada previamente por Nieto”.
Junto con este, el periódico menciona que había otros cinco conceptos apoyaban esa posición en ese mismo sentido, entre ellos los de el centro de estudios jurídicos Dejusticia y la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip).
En el debate, prosigue el impreso, también se tuvo en consideración que, pese a emitir su opinión a la luz de sus creencias religiosas, cosa que también está amparada por la Constitución, Nieto “es una persona con notoriedad pública, que está en esa posición de manera voluntaria”, lo que “la hace blanco de críticas que, si bien pueden ser chocantes, están cubiertas por la libertad de expresión”.
Además, los argumentos de Urbina en su video no fueron ad hominem, criticando a la youtuber por ser quien es, por sus creencias o por su condición, pese a hacer mención de ello, sino porque, a la luz de estas, pronunció opiniones sujetas a ser discutidas.
Este es el video que generó el pleito:
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