JEP obliga a las Fuerzas Militares a pedir perdón público y retirar honores a coronel por 72 víctimas
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Visitar sitioJEP impone acto público de perdón y revoca condecoraciones al excomandante del Batallón La Popa.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió una sentencia sin precedentes en contra del coronel retirado Publio Hernán Mejía Gutiérrez, imponiéndole medidas restaurativas que incluyen la organización de un acto público en Valledupar, donde las Fuerzas Militares deberán ofrecer una petición formal de perdón. Esta decisión, según lo expuesto por la Subsección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad, obliga al Ministerio de Defensa a coordinar minuciosamente el evento junto al comandante de la Segunda División, requiriendo la participación de víctimas indirectas y la presencia obligatoria de altos mandos: el ministro de Defensa, el comandante del Ejército Nacional, así como los jefes de la Segunda División, la Décima Brigada y el Batallón La Popa N.° 2. Todo ello está inscrito dentro de un esfuerzo institucional por dignificar a las víctimas y responder a las exigencias de verdad y reparación.
Entre las órdenes principales, destaca la revocatoria inmediata de todas las condecoraciones y felicitaciones previamente entregadas a Mejía por “resultados operacionales”, los cuales, de acuerdo con la investigación judicial probada por la JEP, están directamente relacionados con un patrón de macrocriminalidad que dejó un saldo devastador de 72 víctimas. Entre estas personas afectadas se contaron pobladores indígenas de las etnias kankuamo y wiwa, afrodescendientes, mujeres, menores de edad y personas en condición de discapacidad. Este acto busca no solo eliminar reconocimientos indebidos, sino que también pretende enviar un mensaje ejemplarizante a las fuerzas armadas sobre las consecuencias de conductas ajenas al Derecho Internacional Humanitario (DIH).
Asimismo, la sentencia ordena a la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Defensa que en adelante se incluya de manera permanente una sección sobre el contenido y la motivación de la sentencia en todos los cursos de formación dirigidos a reclutas y personal militar. Esta parte resolutiva deberá permanecer publicada en el portal institucional por un mínimo de tres meses, según lo dispuesto en la providencia judicial.
Por otro lado, la JEP compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación para que investigue a seis jueces penales militares, así como al fiscal de Agustín Codazzi, por presuntas conductas encaminadas al encubrimiento y la obstrucción de la justicia en procesos relacionados con víctimas que demandan especial protección por su condición. Además, la Sala de Reconocimiento de Verdad recibió copias sobre mandos superiores que habrían emitido órdenes conjuntas con el Batallón La Popa bajo la comandancia de Mejía.
Un aspecto relevante es el “cierre jurídico totalizante” consecuencia de la sentencia de la JEP, que unifica 35 procesos previamente abiertos en la justicia ordinaria y evita que Mejía sea juzgado nuevamente por estos hechos ni por otros relacionados con el mismo patrón de macrocriminalidad entre 2002 y 2003. De esta manera, condenas previas de 19 y 34 años dictadas en la jurisdicción ordinaria quedan sin efecto. Vale la pena recordar que, según la propia JEP, de los 518 comparecientes del Batallón La Popa, doce recibieron sanciones propias al admitir responsabilidad y once lograron la renuncia a la persecución penal.
¿Por qué se ordenó la formación obligatoria sobre la sentencia de la JEP en el Ministerio de Defensa?
La decisión de la JEP de incluir la sentencia como parte permanente de la formación militar en Colombia responde al objetivo de prevenir la repetición de conductas violatorias del Derecho Internacional Humanitario (DIH) y reconocer el impacto de los hechos investigados. De esta forma, el Ministerio de Defensa busca concienciar a todos los integrantes de la fuerza pública acerca de la importancia de respetar los derechos fundamentales y la dignidad de las víctimas, como parte de un enfoque de justicia transicional.
La incorporación de esta sentencia en procesos formativos institucionales también permite visibilizar las enseñanzas derivadas del proceso judicial, facilitar el debate ético respecto a la actuación militar en contextos de conflicto armado, y fortalecer los compromisos del Estado colombiano con la verdad, la reparación y la no repetición. De igual modo, refuerza la transparencia y la rendición de cuentas requeridas en escenarios de transición hacia la paz.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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