Excomandantes del Ejército citados por la JEP: claves para entender crímenes contra pueblos indígenas en Nariño
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El Espectador es el periódico más antiguo del país, fundado el 22 de marzo de 1887 y, bajo la dirección de Fidel Cano, es considerado uno de los periódicos más serios y profesionales por su independencia, credibilidad y objetividad.
Visitar sitioOcho exmilitares deberán responder ante la JEP por crímenes graves en Nariño contra pueblos indígenas y afro.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), a través de su Sala de Reconocimiento de Verdad, ha dado un paso clave en el proceso de esclarecimiento de responsabilidades en crímenes ocurridos en el departamento de Nariño, al llamar a ocho exintegrantes del Ejército a reconocer su presunta responsabilidad por acciones que impactaron directamente a los pueblos indígenas Awá y Eperara Siapidaara, así como a poblaciones afrocolombianas y campesinas. Los hechos señalados se desarrollaron entre los años 2001 y 2012 en los municipios de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, y forman parte de la investigación priorizada en el caso 02 sobre la situación territorial en Nariño, según información presentada por la JEP y publicada por El Espectador.
La decisión involucra a siete miembros del Grupo de Caballería Mecanizado Número 3 “General José María Cabal”, entre ellos altos mandos, y a un excomandante del Batallón de Contraguerrilla Número 93 “Ramiro Rueda Mendoza”. Entre los comparecientes destacan Luis Felipe Montoya Sánchez, José David Vásquez Acevedo, Juan Carlos Dueñas Mejía y Carlos Alfredo Castro Pinzón, todos ellos exoficiales en cargos de comando o de operaciones. También figuran Carlos Alberto Gutiérrez González, encargado de inteligencia; José Gregorio Betancourt Rodríguez, coordinador de redes de inteligencia; Alexander Guerrero Castellanos, quien tenía funciones tanto de comando como de coordinación de cooperantes; y Adolfo Díaz Masmela, excomandante de compañía del batallón de contraguerrilla.
Estos exuniformados deberán definir si aceptan su responsabilidad en tres patrones criminales señalados por la JEP, que incluyen, entre otros, crímenes de lesa humanidad como asesinato, desaparición forzada, exterminio, traslado forzoso, tortura y persecución, así como crímenes de guerra relacionados con homicidio y tortura. De acuerdo con el informe señalado por El Espectador, la sala evidenció que en Nariño se aplicaron acciones sistemáticas que afectaron gravemente la integridad física y cultural de estas comunidades.
El primer patrón identificado fue la estigmatización y violencia selectiva, orientada a desarticular procesos organizativos étnicos y sociales. Las víctimas, catalogadas injustamente como colaboradores o integrantes de grupos armados ilegales, sufrieron homicidios selectivos, detenciones arbitrarias y torturas, muchas veces perpetradas por miembros de la fuerza pública.
El segundo patrón criminal se refiere a homicidios de civiles indígenas, afrocolombianos y campesinos que después eran presentados como supuestas bajas en combate, con la intención de simular éxitos operacionales ante las autoridades y la opinión pública. Entre las víctimas se encuentran líderes sociales, autoridades tradicionales y representantes comunitarios, quienes fueron especialmente vulnerables por su papel en la defensa de derechos territoriales y culturales.
La JEP también documentó un tercer patrón, centrado en el uso militar del territorio nariñense como recurso estratégico para operaciones contrainsurgentes y de erradicación de cultivos ilícitos, lo cual derivó en desplazamientos forzados, confinamientos y severas restricciones a la movilidad de las comunidades. Esta política tuvo consecuencias destructivas en la existencia física y cultural de los pueblos afectados, profundizando la crisis humanitaria en la región.
Los comparecientes ahora enfrentan dos alternativas: reconocer su responsabilidad y admitir los hechos ante las víctimas, o rechazar los cargos y someterse a un proceso judicial más riguroso por parte de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP, lo que podría desembocar en un juicio adversarial.
¿Qué significa ser imputado por crímenes de lesa humanidad y cuáles son sus implicaciones?
El término "crímenes de lesa humanidad" agrupa actos de violencia sistemática o generalizada, cometidos como parte de un ataque contra una población civil, tales como asesinatos, torturas y desplazamientos forzados. En el contexto de la JEP, ser imputado por estos delitos implica que los responsables pueden enfrentar consecuencias judiciales severas y que las víctimas tienen una ruta para reclamar verdad y reparación. Esta calificación conlleva un peso especial en la justicia internacional y nacional, subrayando la gravedad de los crímenes y la importancia del proceso de esclarecimiento y judicialización.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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