Familias afectadas por el terremoto en Pereira pueden solicitar indemnización por fallecimiento o incapacidad ante la ADRES
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Visitar sitioEl sismo de magnitud 7,4 dejó más de 100 personas desaparecidas y 65 edificios destruidos en la ciudad.
Las familias de las víctimas mortales y las personas que sufrieron incapacidad permanente a causa del terremoto que sacudió a Pereira el pasado 10 de agosto cuentan con la posibilidad de solicitar indemnizaciones económicas, según el procedimiento establecido para eventos catastróficos de origen natural. De acuerdo con información divulgada por El Diario, la entidad encargada de administrar estos recursos es la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), que detalla mecanismos para reconocer indemnizaciones tanto por fallecimiento como por pérdida permanente de la capacidad laboral.
El contexto en Pereira es altamente complejo tras el sismo de magnitud 7,4, que dejó inicialmente un balance de 40 fallecidos y 65 edificaciones colapsadas en la capital risaraldense. El alcalde Mauricio Salazar informó que en al menos 15 de esas estructuras aún permanecían personas atrapadas durante las horas iniciales de las labores de búsqueda y rescate. Posteriormente, reportes oficiales elevaron el número de víctimas mortales a 55 entre Pereira y Dosquebradas, y más de 100 personas se mantenían desaparecidas; se insiste en que las cifras podrían variar según el avance de los rescates y la consolidación de datos por parte de las autoridades locales.
En cuanto a las indemnizaciones, la ADRES establece que para muerte y gastos funerarios, la cobertura es equivalente a 750 salarios mínimos legales diarios vigentes. Los beneficiarios prioritarios son el cónyuge, compañero permanente e hijos; si faltan, los padres o hermanos pueden acceder a la indemnización. Para quienes sufren incapacidad permanente, la cobertura máxima posible es de 180 salarios mínimos legales diarios vigentes, sujeta al porcentaje de pérdida de capacidad laboral que determine el dictamen correspondiente.
El trámite para reclamar estas indemnizaciones requiere diligenciar el Formulario Único de Reclamación de Indemnizaciones para Personas Naturales, conocido como FURPEN. Además, se debe presentar un certificado expedido por el Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres, que acredite la condición de víctima del evento natural, junto con documentos que certifiquen parentesco, identidad y otros soportes según el caso. Si la reclamación es por incapacidad permanente, se exige el dictamen firme sobre la pérdida de capacidad laboral.
Esta gestión puede hacerse de manera virtual en la plataforma oficial de la ADRES, con un plazo de hasta 18 meses para radicar la solicitud, contados desde el momento del fallecimiento o desde que quede en firme el dictamen respectivo. No obstante, es crucial aclarar que el procedimiento de la ADRES no otorga indemnización general por daños o pérdidas materiales, como viviendas destruidas. Para ello, las familias afectadas deberán acudir a otras alternativas que ofrezcan las autoridades en materia de reconstrucción o subsidios.
El alcalde Mauricio Salazar decretó la calamidad pública y estableció toque de queda en algunas zonas de Pereira a raíz de la emergencia, con el fin de facilitar el orden público y la atención de las víctimas, mientras las autoridades avanzan en la consolidación del registro oficial de afectados.
¿Cómo solicitar la indemnización por fallecimiento o incapacidad permanente ante la ADRES?
Para solicitar la indemnización, debe diligenciar el formulario FURPEN y adjuntar los documentos requeridos como el certificado del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres, el registro civil, acreditaciones de parentesco y la certificación bancaria. En casos de incapacidad permanente, es fundamental contar con el dictamen oficial sobre la pérdida de capacidad laboral. Todo el trámite puede hacerse en línea mediante la plataforma que la ADRES habilita para ciudadanía.
¿Qué es la ADRES y cuál es su función en casos de desastres naturales?
La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) es la entidad encargada de gestionar los recursos para cubrir indemnizaciones económicas ante catástrofes naturales en casos de muerte o incapacidad permanente. Su intermediación asegura que las víctimas reciban apoyo según los requisitos legales y dentro de los límites de cobertura establecidos, aunque no incluye indemnización por daños materiales.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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