Gobernadora y alcalde 'ad hoc' asumen control electoral en Risaralda y Pereira para blindar imparcialidad
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Visitar sitioGobernadora y alcalde ad hoc asumen en Risaralda y Pereira para garantizar elecciones sin conflictos de interés.
En Risaralda y Pereira se tomaron recientemente decisiones clave para garantizar la imparcialidad en los procesos electorales, según información divulgada por fuentes oficiales del departamento y recogida en medios locales. Nancy Stella Patiño León fue designada como gobernadora ad hoc de Risaralda, mientras que Ánderson Guerrero Trujillo asumió la función de alcalde ad hoc de Pereira. Estas figuras ejercerán un papel provisional destinado solamente a temas de índole electoral, mientras que los mandatarios titulares continúan desarrollando sus funciones administrativas habituales, sin ser removidos ni suspendidos de sus cargos.
La necesidad de estas designaciones surgió a raíz de impedimentos presentados por los actuales líderes locales ante potenciales conflictos de interés. El gobernador Juan Diego Patiño Ochoa se apartó de las responsabilidades relacionadas con las próximas elecciones debido a la postulación al Senado de su padre, Diego Patiño Amariles, quien busca una curul con el Partido Liberal. Esta decisión se formalizó el 1 de diciembre de 2025 y fue aceptada oficialmente el 18 de diciembre, momento en el que se remitió la solicitud a la presidencia para proceder con el nombramiento correspondiente.
Consecuentemente, el Ministerio del Interior seleccionó a Nancy Stella Patiño, secretaria general de esa cartera, para que asumiera como gobernadora ad hoc en las funciones asociadas con el manejo del proceso electoral en Risaralda. Simultáneamente, en el municipio de Pereira, el alcalde Mauricio Salazar Peláez solicitó su propio impedimento tras la inscripción de su esposa, María Irma Noreña Arboleda, como candidata a la Cámara de Representantes por Risaralda.
En respuesta, las autoridades designaron a Ánderson Guerrero, asesor del Ministerio del Interior, como alcalde ad hoc. Su gestión se concentrará en deliberar y decidir en el Comité de Seguimiento Electoral de la ciudad, así como en gestionar los trámites administrativos vinculados directamente con las elecciones al Congreso para el periodo 2026–2030.
Es fundamental enfatizar que estas designaciones buscan resguardar la transparencia e imparcialidad de los procesos electorales, tal como indicó Israel Alberto Londoño, secretario de Gobierno de Risaralda. Él confirmó que con la oficialización de estos nombramientos ya pueden instalarse los respectivos comités de seguimiento y articularse de manera eficiente con la Registraduría Nacional para garantizar el normal desarrollo y coordinación logística de las elecciones previstas para el 8 de marzo.
De acuerdo con las directrices legales, la introducción de mandatarios ad hoc permite atender con prontitud y sin sesgos las necesidades electorales, sin afectar la administración general de los gobiernos locales ni interrumpir sus gestiones ordinarias. Por tanto, los gobernadores y alcaldes titulares mantienen intactas sus competencias en todos los ámbitos no electorales.
¿En qué consisten las funciones de un mandatario ad hoc durante los procesos electorales?
Frente a la relevancia de los recientes nombramientos en Risaralda y Pereira, surge la pregunta sobre los alcances y limitaciones que caracterizan a los funcionarios ad hoc en Colombia. El término “ad hoc” se refiere a una designación puntual y temporal para ejercer atribuciones específicas en situaciones excepcionales, como evitar conflictos de interés en elecciones. Estos funcionarios no sustituyen ni reemplazan en totalidad al titular, sino que solo adoptan decisiones en las materias para las que fueron nombrados, en este caso, asuntos electorales.
De este modo, los mandatarios ad hoc garantizan que los procesos electorales se resuelvan bajo estrictos principios de imparcialidad y legalidad, reforzando la confianza ciudadana en la neutralidad de las instituciones durante los comicios y permitiendo la continuidad normal de la administración local fuera del ámbito electoral.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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