Finanzas sin papel
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Los plazos los fijó la Secretaría Distrital de Hacienda para que los bogotanos cumplan con sus obligaciones tributarias en predial, vehículos y otros, este año.
El calendario tributario del 2020 para personas naturales y jurídicas fue publicado por la entidad en su página web, donde invita a los contribuyentes que quieran obtener el beneficio cancelar en las siguientes fechas:
Recuerde que el impuesto predial debe ser cancelado por los propietarios de bienes inmuebles, sin excepción.
Si no puede cancelar la totalidad de ese gravamen, también tiene la opción de pagar en cuatro cuotas; para lo que se debe llenar un formulario de declaración de cuotas que se encuentra en la pestaña de pagos de la página de la Secretaría de Hacienda.
Las primera cuota está fijada para el 15 de mayo; el segundo pago para el 10 de julio; el tercer pago para el 11 de septiembre y la última cuota el 13 de noviembre.
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